EMPRESA CONSTRUCTORA RTM INGENIERÍA SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de junio de 2018
- Repertorio
- 1714/2019
- Notario
- CARLOS SWETT MUÑOZ
- Domicilio
- Quilpué
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Junta Extraordinaria de Accionistas de EMPRESA CONSTRUCTORA RTM INGENIERÍA SpA | socio | 76802813-3 | — | — |
Referencias (2)
- do publicacion DO N° 42111 del 20 de julio de 2018
- do publicacion DO N° 41886 del 18 de octubre de 2017
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS SWETT MUÑOZ, Notario Público Quilpué, Diego Portales 790, 2º Piso. CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí, Repertorio N° 1714/2019, se redujo a escritura pública el Acta Tercera Junta Extraordinaria de Accionistas de EMPRESA CONSTRUCTORA RTM INGENIERÍA SpA, R.U.T. 76.802.813-3, de fecha 12 de Junio de 2018, mediante la cual la totalidad de los accionistas proceden a rectificar el Acta reducida a escritura pública de la Segunda Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 10 de Julio de 2018, Repertorio N° 6226/2018 otorgada ante doña Elisa Palma Muñoz, Notario Suplente del Titular de la comuna de Quilpué, don Cristian Villalobos Pellegrini, cuyo extracto fue inscrito a Fojas 112 N°113 correspondiente al Registro de Comercio del año 2018 del Conservador de Bienes. Raíces de Quilpué, y publicado en el Diario Oficial N°42.111 de 20 de julio de 2018. Dicha sociedad constituida por escritura pública Repertorio N° 3133/2017 de fecha 11 de octubre de 2017, otorgada ante esta Notaría y cuyo extracto fue inscrito a Fojas 238 N°224 en el Registro de Comercio del año 2017 del Conservador de Bienes Raíces de Quilpué y publicado en el Diario Oficial N°41.886 de 18 de octubre de 2017. En la Tercera Junta Extraordinaria de Accionistas, acordaron rectificar el Acta reducida a escritura pública de la Segunda Junta Extraordinaria de Accionistas por cuanto existe un error de cálculo en el modificado ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO del estatuto social, debido a que el número de acciones suscrito por cada uno de los accionistas omite las suscritas y pagadas al momento de la constitución de la Sociedad. Por esta razón, la suma de las acciones suscritas y pagadas por los accionistas no coincide con la totalidad de las acciones en que actualmente se encuentra dividido el capital social. En consecuencia, los socios acordaron modificar el señalado ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO del estatuto social la manera que a continuación se indica: ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO: “El Capital de la Sociedad es la suma de CINCUENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS”, dividido en cincuenta y cinco mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto; que es enterado y pagado de la siguiente forma: Don Rodrigo Enrique Torres Menares, suscribe cuarenta y seis mil setecientas cincuenta acciones, de las cuales: a) Ocho mil quinientas acciones han sido suscritas y pagadas al contado, enterándolas en caja social al momento de la constitución de la Sociedad, y b) Treinta y ocho mil doscientas cincuenta acciones han sido suscritas en virtud de la modificación y aumento del capital social, las que pagará en el plazo de dos años a contar de esta fecha; Doña Rosa Paola Navarro Zamora: suscribe cinco mil quinientas acciones, de las cuales: a) Mil acciones han sido suscritas y pagadas al contado, enterándolas en caja social al momento de la constitución de la Sociedad, y b) Cuatro mil quinientas acciones han sido suscritas en virtud de la modificación y aumento del capital social, las que pagará en el plazo de dos años a contar de esta fecha; y Don Joaquín Rodrigo Torres Manríquez: suscribe dos mil setecientas cincuenta acciones, de las cuales: a) Quinientas acciones han sido suscritas y pagadas al contado, enterándolas en caja social al momento de la constitución de la Sociedad, y b) Dos mil doscientas cincuenta acciones han sido suscritas en virtud de la modificación y aumento del capital social, las que pagará en el plazo de dos años a contar de esta fecha. Demás estipulaciones en escritura extractada. Quilpué, 14 Junio 2019.