Instrumento
- Fecha
- 19 de junio de 2019
- Notario
- Don Hernán Cuadra Gazmuri
- Oficio
- Primera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Las Condes
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) la adquisición e inversión en toda clase de bienes raíces y derechos sobre ellos, su administración, comercialización y explotación, en cualquiera de sus formas; b) la inversión en bienes corporales e incorporales muebles y su administración; c) el arrendamiento de toda clase de bienes raíces; y, d) las demás actividades y negocios que la Sociedad acuerde
Administración
La representación, administración y uso de la razón social corresponderá a doña Gloria Claro Montes con todas las facultades y sin limitaciones
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDon Hernán Cuadra Gazmuri, Notario Público de la Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 1.160, of icina 101 y 102, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 19/06/2019, rep. 7532/2019, ante mí, GLORIA CLARO MONTES, chilena, casada y separada totalmente de bienes, abogada, CI 9.921.837-1, con domicilio en avenida Presidente Riesco N° 5.335, Oficina 404, Las Condes, RM, constituyó So ciedad por Acciones: Nombre: “RENTAS GCM SpA”. Objeto: a) la adquisición e inversión en toda clase de bienes raíces y derechos sobre ellos, su administración, comercialización y explotación, en cualquiera de sus formas; b) la inversión en bienes corporales e incorporales muebles y su administración; c) el arrendamiento de toda clase de bienes raíces; y, d) las demás actividades y negocios que la Sociedad acuerde. Domicilio: Las Condes, sin perjuicio de que pueda instalar agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Responsabilidad: Limitada al monto de su aporte. Administración: La representación, administración y uso de la razón social corresponderá a doña Gloria Claro Montes con todas las facultades y sin limitaciones. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y de una misma serie, que es suscrito y pagado íntegramente en acto de constitución. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de junio de 2019.- H.Cuadra.G.