PROK Conveyor Components SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de junio de 2019
- Repertorio
- 32918
- Notario
- JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
- Oficio
- Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será a) La comercialización, compra, venta, arriendo, ensamblaje, fabricación, diseño, importación y exportación de todo tipo de cintas transportadoras, poleas, rodillos, sus piezas, partes, componentes, accesorios o repuestos, ya sean nuevos o usados, sea en Chile o en el extranjero; b) Operar una oficina regional para la importación, exportación y comercialización de todo tipo de cintas transportadoras, poleas, rodillos, sus piezas, partes, componentes, accesorios o repuestos dentro o fuera del país; y, c) Realizar todos los negocios y actividades que estén relacionados, directa o indirectamente con los objetivos anteriores u otros que los accionistas acuerden
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores que serán designados por los accionistas, salvo que la sociedad sólo tuviere un accionista, caso en el cual será el único accionista quien designará a el o los administradores. La designación, revocación o modificación de administradores se deberá hacer por escritura pública de la que se tomará nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador respectivo. El o los administradores designados administrarán la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y contratos necesarios para desarrollar las actividades sociales. Los administradores de la sociedad podrán delegar el todo o parte de sus facultades en otras personas naturales o jurídicas. Demás acuerdos constan en escritura extractada. Santiago, 19 de Junio de 2019
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, ALVARO GONZALEZ SALINAS, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico: por escritura pública otorgada ante el titular, con fecha 13 de junio de 2019, Repertorio Nº 32918, don RODRIGO MARIO SOZA REX, cédula nacional de identidad Nº 12.042.524-2, domiciliado en Avenida El Bosque Central Nº 90, piso 6, comuna de Las Condes, constituyó una sociedad por acciones cuyos estatutos extracto: Nombre: PROK Conveyor Components SpA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto social: El objeto de la sociedad será a) La comercialización, compra, venta, arriendo, ensamblaje, fabricación, diseño, importación y exportación de todo tipo de cintas transportadoras, poleas, rodillos, sus piezas, partes, componentes, accesorios o repuestos, ya sean nuevos o usados, sea en Chile o en el extranjero; b) Operar una oficina regional para la importación, exportación y comercialización de todo tipo de cintas transportadoras, poleas, rodillos, sus piezas, partes, componentes, accesorios o repuestos dentro o fuera del país; y, c) Realizar todos los negocios y actividades que estén relacionados, directa o indirectamente con los objetivos anteriores u otros que los accionistas acuerden. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma $3.000.000.- que se divide y representa en 3.000 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas íntegramente. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores que serán designados por los accionistas, salvo que la sociedad sólo tuviere un accionista, caso en el cual será el único accionista quien designará a el o los administradores. La designación, revocación o modificación de administradores se deberá hacer por escritura pública de la que se tomará nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador respectivo. El o los administradores designados administrarán la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y contratos necesarios para desarrollar las actividades sociales. Los administradores de la sociedad podrán delegar el todo o parte de sus facultades en otras personas naturales o jurídicas. Demás acuerdos constan en escritura extractada. Santiago, 19 de Junio de 2019.