CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MAXSECURITY SpA

RUT 19092716-4 CVE 1610662
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de junio de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
10 de junio de 2019
Notario
MARÍA VERÓNICA FERNÁNDEZ ALVAREZ
Domicilio
Titular MARÍA ANGÉLICA GALÁN BÄUERLE
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: La instalación de cortinas, persianas, cámaras de seguridad, portones eléctricos, aire acondicionado y cualquier otro artefacto eléctrico ya sea en edificios, casas particulares o empresas b) La obtención de rentas de la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios

Administración

La Sociedad será administrada y representada por uno o más Administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el Administrador o los administradores ser o no

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA VERÓNICA FERNÁNDEZ ALVAREZ, Notario Público, Suplente de la Titular MARÍA ANGÉLICA GALÁN BÄUERLE, de la 17a Notaría de Santiago, con domicilio Amunátegui N° 361, Santiago, certifica: que con fecha veintinueve de mayo de dos mil diecinueve, ante la Notario Titular, don ALEXIS ANDRÉS ROBLES ESCOBAR, C.I. N° 19.092.716-4, domiciliado en Pasaje Yungay Nº5927, Comuna de Peñalolén, Región Metropolitana de Santiago, y doña CAMILA DEL PILAR MATAMALA ZAPATA, C.I. Nº 18.547.233-7 domiciliada en Pasaje Yungay Nº5927, Comuna de Peñalolén, Región Metropolitana de Santiago, constituyeron Sociedad por Acciones en conformidad al Título VII, Libro II, Código de Comercio. NOMBRE: El nombre será “MAXSECURITY SpA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o filiales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. DURACIÓN: Indefinida, sin perjuicio de su disolución en los casos que la Ley y estos estatutos establecen. OBJETO: El objeto de la sociedad será: La instalación de cortinas, persianas, cámaras de seguridad, portones eléctricos, aire acondicionado y cualquier otro artefacto eléctrico ya sea en edificios, casas particulares o empresas b) La obtención de rentas de la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. ADMINISTRACIÓN: La Sociedad será administrada y representada por uno o más Administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el Administrador o los administradores ser o no accionistas. Se designó, hasta que la Junta de Accionistas no revoque su designación, a don ALEXIS ANDRÉS ROBLES POBLETE, ya individualizado, y doña CAMILA DEL PILAR MATAMALA ZAPATA como administradores, quienes actuaran de manera individual, quienes gozarán de todas las facultades señaladas en los presentes estatutos, con las limitación que los estatutos establezcan. CAPITAL: El capital es de $1.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas de una sola serie y sin valor nominal las cuales serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. El capital se encuentra íntegramente suscrito y será pagado en el plazo de 5 años contados desde fecha de escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 10 de junio de 2019.