Inversiones Ramón Oliva S.A.
Instrumento
- Fecha
- 22 de mayo de 2019
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.149.302 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Amunátegui 73, certifico: por escritura de fecha 22 de mayo de 2019 ante mi Suplente Gino Benaventi Alfaro, se redujo a escritura pública Acta de la Segunda Junta General Extraordinaria Accionistas de Inversiones Ramón Oliva S.A., y en su presencia y con asistencia totalidad accionistas: Ramón Oliva Gallegos, Margarita González Fabio y Margarita Oliva González; por unanimidad acordaron en llevar a efecto todos los acuerdos tomados en la presente junta, en especial los relativos al aumento de capital, incorporación de nuevo socio accionista y redistribución de capital social de Inversiones Ramón Oliva S.A., que modifica estatutos sociedad Inversiones Ramón Oliva S. A. que aumenta capital mediante la emisión de acciones, se agrega un nuevo socio accionista y se redistribuye el capital. Entre los acuerdos adoptados por unanimidad accionistas, se resuelve y se acuerda modificar los siguientes artículos de los estatutos: Artículo Quinto, estableciendo que el capital de la sociedad aumenta a la cantidad de $2.149.302.798 dividido en 27.132 acciones nominativas sin valor nominal, de una misma serie; y el Articulo Segundo Transitorio, el capital se suscribe en su totalidad y se entera y paga por los accionistas como sigue: a) don Ramón Oliva Gallegos, suscribe en este acto 10.852 acciones, equivalentes al 40% del capital social por un valor total de $859.721.119; b) doña Margarita Luisa González Fabio, suscribe 10.852 acciones, equivalentes al 40% del capital social por un valor total de $859.721.119; y c) doña Margarita Oliva Gallegos, suscribe en este acto 5.428 acciones, equivalentes al 20% del capital social por un valor total de $429.860.560. Quedando capital suscrito y pagado. Demás cláusulas constan escritura extractada. Santiago, 11 de junio de 2019.