Inversión, Asesoría, Construcción y Corretaje de Propiedades Limitada
Instrumento
- Fecha
- 13 de junio de 2019
- Notario
- CARLOS MORENO SANDOVAL
- Domicilio
- titular Ernesto Montoya Peredo
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Rancagua
- Duración
- 5 años contados desde fecha de escritura ,prorrogándose tácitamente, por periodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública subinscrita o anotada al margen de la inscripción del extracto social, con una anticipación de a lo menos treinta días con respecto a la terminación natural del período correspondiente . Tanto la declaración como la subinscripción o anotación deberán efectuarse dentro del ya citado
Objeto social
a) El corretaje y la administración de toda clase de bienes raíces o de derechos constituidos sobre éstos, como asimismo de cualquier tipo de activos inmobiliarios. b) El desarrollo de toda clase de negocios inmobiliarios, como la realización de todo tipo de inversiones en bienes raíces y acciones. c) La realización por cuenta propia o ajena de inversiones en bienes muebles o inmuebles. d) La compraventa, adquisición, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces propios o ajenos. e) La prestación de toda clase de asesorías especialmente en materias inmobiliarias, la gestión y ejecución de éstas. f) La adquisición y enajenación a cualquier título bienes raíces, su loteo, subdivisión, urbanización y construcción en ellos, por cuenta propia o ajena, de toda clase de edificaciones para fines de vivienda, turismo o comerciales. g) La prestación de desarrollo de proyectos, consultorías y asesorías del rubro inmobiliario, en general, en la construcción de cualquier bien raíz o con la administración relacionadas con condominios o loteos. Asimismo, cualquiera actividad relacionada con el mantenimiento, administración y gestión de cualquier bien inmueble. h) La representación de toda clase de personas jurídicas o naturales, chilenas o extranjeras para manejar sus intereses en nuestro país o en el extranjero, relacionadas con el negocio inmobiliario. i) El desarrollo de proyectos, la realización de consultorías y asesorías de diversas ingenierías. j) Realizar todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico y financiero. k) Efectuar prestaciones de servicios profesionales de administración, contabilidad y asesorías relacionadas con la gestión de cualquier organización o institución que la requiera. l) Cualquier otra actividad que los socios acuerden y que estén directamente vinculadas con las anteriores.- ADMINISTRACIÓN Y USO
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS MORENO SANDOVAL, Notario Público suplente del titular Ernesto Montoya Peredo, 3° Notaria Rancagua Campos 377, certifica: Por escritura otorgada ante titular Ernesto Montoya Peredo, con fecha 17 de mayo del 2019, JOSÉ FRANCISCO ARÁNGUIZ ROJAS, domiciliado en Bombero Villalobos 1133, oficina 8 , Rancagua , cédula nacional de identidad Nº 13.776.471-7, TAMARA ISABEL ÓRDENES VITALI , domiciliada en Pasaje Interior Los Baez, Parcela Diez, Codegua, cédula nacional de identidad Nº15.125.304-0; y CRISTIAN ANDRÉS ALAM ÁLAMO, domiciliado en calle Bueras 481, Rancagua, cédula nacional de identidad N° 10.768.996-6, respecto de la sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIÓN , ASESORÍA , CONSTRUCCIÓN Y CORRETAJE DE PROPIEDADES LIMITADA ”, o “ ARANGAL LIMITADA”, constituida con fecha 27 de abril de 2015 a través de escritura pública suscrita ante el Notario de Rancagua Eduardo de Rodt Espinosa, repertorio número 1229-2015 y cuyo extracto se inscribió a fojas 395 vuelta, Número 343 del Registro de Comercio de Rancagua, año 2015, expusieron en lo pertinente lo siguiente: UNO: CESIÓN DERECHOS SOCIALES: socio CRISTIAN ANDRÉS ALAM ÁLAMO vende, cede y transfiere tanto el 98 por ciento de sus derechos en dicha sociedad - equivalentes a 49 por ciento de la misma - al socio JOSÉ FRANCISCO ARÁNGUIZ ROJAS como el 2 por ciento de sus derechos restantes - que corresponden a un 1 por ciento de aquella - a TAMARA ISABEL ÓRDENES VITALI, quienes aceptan y adquieren para si los mismos respectivamente. Los precios de estas cesiones son las sumas de diez mil pesos en lo que respecta a la cesionaria doña TAMARA ISABEL ÓRDENES VITALI y la suma de cuatrocientos noventa mil pesos en lo relativo al socio cesionario don JOSÉ FRANCISCO ARÁNGUIZ ROJAS , montos que estos últimos pagan en este acto.- DOS: REPACTACIÓN, MODIFICACIÓN Y REFUNDIMIENTO DE ESTATUTOS: Los dos únicos socios actuales de la sociedad , JOSÉ FRANCISCO ARÁNGUIZ ROJAS y TAMARA ISABEL ÓRDENES VITALI , convienen en que continuará la sociedad “INVERSIÓN , ASESORÍA , CONSTRUCCIÓN Y CORRETAJE DE PROPIEDADES LIMITADA ”, o “ ARANGAL LIMITADA” modificando y refundiendo estatutos del pacto social en la forma que se señala en el texto de los estatutos contenidos en la escritura de 17 de mayo del 2019 y cuyo extracto es el siguiente: RAZÓN SOCIAL: El nombre o razón social de la sociedad es “INVERSIÓN , ASESORÍA , CONSTRUCCIÓN Y CORRETAJE DE PROPIEDADES LIMITADA” pudiendo funcionar conjunta e indistintamente con el nombre de fantasía de “ARANGAL LIMITADA” .- OBJETO: a) El corretaje y la administración de toda clase de bienes raíces o de derechos constituidos sobre éstos, como asimismo de cualquier tipo de activos inmobiliarios. b) El desarrollo de toda clase de negocios inmobiliarios, como la realización de todo tipo de inversiones en bienes raíces y acciones. c) La realización por cuenta propia o ajena de inversiones en bienes muebles o inmuebles. d) La compraventa, adquisición, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces propios o ajenos. e) La prestación de toda clase de asesorías especialmente en materias inmobiliarias, la gestión y ejecución de éstas. f) La adquisición y enajenación a cualquier título bienes raíces, su loteo, subdivisión, urbanización y construcción en ellos, por cuenta propia o ajena, de toda clase de edificaciones para fines de vivienda, turismo o comerciales. g) La prestación de desarrollo de proyectos, consultorías y asesorías del rubro inmobiliario, en general, en la construcción de cualquier bien raíz o con la administración relacionadas con condominios o loteos. Asimismo, cualquiera actividad relacionada con el mantenimiento, administración y gestión de cualquier bien inmueble. h) La representación de toda clase de personas jurídicas o naturales, chilenas o extranjeras para manejar sus intereses en nuestro país o en el extranjero, relacionadas con el negocio inmobiliario. i) El desarrollo de proyectos, la realización de consultorías y asesorías de diversas ingenierías. j) Realizar todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico y financiero. k) Efectuar prestaciones de servicios profesionales de administración, contabilidad y asesorías relacionadas con la gestión de cualquier organización o institución que la requiera. l) Cualquier otra actividad que los socios acuerden y que estén directamente vinculadas con las anteriores.- ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio JOSÉ FRANCISCO ARÁNGUIZ ROJAS con las facultades que indica el apartado quinto de los estatutos repactados, modificados y refundidos del pacto social, ítem intitulado ADMINISTRACIÓN,REPRESENTACIÓN, USO DE LA RAZÓN SOCIAL Y FACULTADES de la citada escritura de 17 de mayo del 2019 .- CAPITAL SOCIAL: un millón de pesos ($1.000.000.-), aportando suma de $990.000 el socio JOSÉ FRANCISCO ARÁNGUIZ ROJAS y la suma de $10.000.- la socia doña TAMARA ISABEL ÓRDENES VITALI.- DURACIÓN: 5 años contados desde fecha de escritura ,prorrogándose tácitamente, por periodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública subinscrita o anotada al margen de la inscripción del extracto social, con una anticipación de a lo menos treinta días con respecto a la terminación natural del período correspondiente . Tanto la declaración como la subinscripción o anotación deberán efectuarse dentro del ya citado plazo. DOMICILIO: Rancagua, sin perjuicio de los establecimientos, agencias, oficinas, sucursales o representaciones que pudieren los socios establecer en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 13 de Junio de 2019.