MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ANESTESIA Y CUIDADOS INTENSIVOS LIMITADA

RUT 77757020-K CVE 1610590
Capital
$900.000 CLP
Fecha instrumento
4 de junio de 2019

Instrumento

Fecha
4 de junio de 2019
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$900.000 CLP
Domicilio
será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

prestación de servicios médicos de anestesia y cuidados intensivos; la instalación, administración, arrendamiento y cualquier forma de explotación de clínicas, sanatorios, hospitales, centros médicos y clínicos, laboratorios, casas de reposo y, en general, cualquier otro establecimiento de salud destinado al diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamiento de enfermedades y a la atención fisiológica, física, psíquica y estética de los enfermos y personas; representaciones, importaciones, exportaciones, compraventa y distribución de insumos, elementos, materiales y equipos médicos, de precisión, industriales, eléctricos, electrónicos, comunicacionales, de informática; la prestación de toda clase de servicios, asesorías, capacitación y gestión comercial en el área médica, pudiendo ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos relacionados con el objeto social sea directamente o participando en otras empresas o sociedades, sea como capitalista o gestora y demás actividades profesionales que los accionistas en el futuro decidan

Administración

La administración de la sociedad será ejercida por doña MARÍA DEL CARMEN VIÑUELA MIRANDA y don RODRIGO IVAN RIVAS TAPIA, indistinta o conjuntamente, en la forma y con las facultades que se señalan en el Estatuto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera Nº 4.886, comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, MARÍA DEL CARMEN VIÑUELA MIRANDA y RODRIGO IVÁN RIVAS TAPIA, ambos con domicilio en Julia Berstein 720, casa K, comuna de La Reina, en su calidad de socios de la sociedad “ANESTESIA Y CUIDADOS INTENSIVOS LIMITADA”, inscrita a fojas 8.302, número 6.800 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2002; acordaron, en este acto, su transformación en una sociedad por acciones, la que se regirá por los Estatutos que a continuación se extractan: Razón social: “ANESTESIA Y CUIDADOS INTENSIVOS SpA”.- Objeto: prestación de servicios médicos de anestesia y cuidados intensivos; la instalación, administración, arrendamiento y cualquier forma de explotación de clínicas, sanatorios, hospitales, centros médicos y clínicos, laboratorios, casas de reposo y, en general, cualquier otro establecimiento de salud destinado al diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamiento de enfermedades y a la atención fisiológica, física, psíquica y estética de los enfermos y personas; representaciones, importaciones, exportaciones, compraventa y distribución de insumos, elementos, materiales y equipos médicos, de precisión, industriales, eléctricos, electrónicos, comunicacionales, de informática; la prestación de toda clase de servicios, asesorías, capacitación y gestión comercial en el área médica, pudiendo ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos relacionados con el objeto social sea directamente o participando en otras empresas o sociedades, sea como capitalista o gestora y demás actividades profesionales que los accionistas en el futuro decidan.- Capital: El capital de la sociedad es la suma $900.000.000 dividido en 90.000 acciones, ordinarias y nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, las que se encuentran suscritas y pagadas.- Domicilio: será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en otros puntos del país o del extranjero.- Administración: La administración de la sociedad será ejercida por doña MARÍA DEL CARMEN VIÑUELA MIRANDA y don RODRIGO IVAN RIVAS TAPIA, indistinta o conjuntamente, en la forma y con las facultades que se señalan en el Estatuto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 4 de junio de 2019.