SOCIEDAD DE INVERSIONES INSERTING GROUP LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de junio de 2019
- Repertorio
- 1085
- Notario
- CRISTIAN VILLALOBOS PELLEGRINI
- Oficio
- Tercera Notaría de Quilpué
- Comuna
- Quilpué
Sociedad
- Capital
- $145.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCRISTIAN VILLALOBOS PELLEGRINI, Notario Público, Titular de la Tercera Notaría de Quilpué, con oficio en calle Balmaceda N°280 Local 2, certifico: Por escritura ante Notario Suplente MARION HARBST SANTANDER, de fecha 11 de junio de 2019, repertorio N°1085, Juan Eduardo Lacalle González, ingeniero; Margarita Del Carmen González Delgadillo, modista profesional; Ingrid Soledad Lacalle González, factor de comercio; Rita Rosalba Pino Urzúa, factor de comercio, FELIPE IGNACIO LACALLLE PINO, factor de comercio y EDUARDO SEBASTIÁN LACALLE PINO, factor de comercio; todos domiciliados en Avenida Décima número 1820, Placilla de Peñuelas, Valparaíso, modifican sociedad “SOCIEDAD DE INVERSIONES INSERTING GROUP LIMITADA”, inscrita fjs.662, N°582, Registro Comercio Valparaíso año 2006, en cuanto: 1) Cesión derechos sociales: a) Juan Eduardo Lacalle González, cede el 50% de sus derechos sociales, equivalente al 42,5 % del haber social, de la siguiente forma: a Eduardo Sebastián Lacalle Pino el 21,25% de sus derechos sociales, en $30.812.500, pagaderos en el plazo de 10 años a partir del mes siguiente a la firma de la escritura de modificación; a Felipe Ignacio Lacalle Pino, el 21,25% de sus derechos sociales, en $30.812.500, pagaderos en el plazo de 10 años a partir del mes siguiente a la firma de la escritura de modificación; b)Margarita Del Carmen González Delgadillo, cede el 100% de sus derechos sociales, equivalente a un 5% del haber social de la siguiente forma: a Juan Eduardo Lacalle González, el 2,5% de sus derechos sociales, en $3.625.000, pagaderos en dinero efectivo con la firma de la escritura de modificación; a Eduardo Sebastián Lacalle Pino, el 1,25% de sus derechos sociales, en $1.812.500, pagaderos en el plazo de 10 años a partir del mes siguiente a la firma de la escritura de modificación; a Felipe Ignacio Lacalle Pino el 1,25% de sus derechos sociales, en $1.812.500, pagaderos en el plazo de 10 años a partir del mes siguiente a la firma de la escritura de modificación; c) Ingrid Soledad Lacalle González cede el 100% de sus derechos sociales, equivalente a un 5% del haber social de la siguiente forma: a Juan Eduardo Lacalle González, el 2,5% de sus derechos sociales, en $3.625.000, pagaderos en dinero efectivo con la firma de la escritura de modificación; a Eduardo Sebastián Lacalle Pino el 1,25% de sus derechos sociales, en $1.812.500 pagaderos en el plazo de 10 años a partir del mes siguiente a la firma de la escritura de modificación; a Felipe Ignacio Lacalle Pino, el 1,25% de sus derechos sociales, en $1.812.500, pagaderos en el plazo de 10 años a partir del mes siguiente a la firma de la escritura de modificación; d) Rita Rosalba Pino Urzúa cede el 100% de sus derechos sociales, equivalente a un 5% del haber social de la siguiente forma: a Juan Eduardo Lacalle González, el 2,5% de sus derechos sociales, en $3.625.000, pagaderos en dinero efectivo con la firma de la escritura de modificación; a Eduardo Sebastián Lacalle Pino el 1,25% de sus derechos sociales, en $1.812.500, pagaderos en el plazo de 10 años a partir del mes siguiente a la firma de la escritura de modificación; a Felipe Ignacio Lacalle Pino el 1,25% de sus derechos sociales, en $1.812.500, pagaderos en el plazo de 10 años a partir del mes siguiente a la firma de la escritura de modificación. Quedan como únicos socios Juan Eduardo Lacalle González con el 50% del capital social; Eduardo Sebastián Lacalle Pino con el 25% del capital social, y Felipe Ignacio Lacalle Pino con el 25% del capital social 2) Se modifica artículo sexto pacto social en cuanto a que la administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio Juan Eduardo Lacalle González; 3) se modifica artículo séptimo pacto social en cuanto a que el capital de la sociedad es $145.000.000, que los socios enteran y aportan de la siguiente manera: a)Juan Eduardo Lacalle González, aporta la suma de $72.500.000, equivalente al 50% del haber social, pagado y enterado con anterioridad; b) Eduardo Sebastián Lacalle Pino, aporta la suma de $36.250.000, equivalente al 25% del haber social, enterado con la firma de la modificación social, $250.000 al contado en dinero efectivo y $36.000.000, que enterará en el plazo máximo de 10 años a contar del mes siguiente a la suscripción de la escritura de modificación social; c) Felipe Ignacio Lacalle Pino aporta la suma de $36.250.000, equivalente al 25% del haber social, enterado con la firma de la modificación social, $250.000 al contado en dinero efectivo y $36.000.000, que enterará en el plazo máximo de 10 años a contar del mes siguiente a la suscripción de la escritura de modificación social; 4) Se modifica artículo noveno pacto social en cuanto a que las utilidades y pérdidas se determinarán anualmente conforme Balance General y se distribuirán entre los socios de acuerdo a su participación en el capital social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En lo no modificado rige pacto social vigente: 5) Se modifica artículo décimo primero pacto social en cuanto a que en caso de fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad continuará entre los socios sobrevivientes y la sucesión del socio fallecido. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En lo no modificado rige pacto social vigente. QUILPUE, Junio 19 de 2019.-