Instrumento
- Fecha
- 13 de junio de 2019
- Notario
- Bernardo Espinosa Bancalari
- Domicilio
- Puerto Varas
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto (i) La compra, venta, importación, exportación, comisión, consignación, promoción, representación, distribución, almacenamiento y comercialización, al mayor o al detalle, sean de procedencia nacional o extranjera, de todo tipo de bienes, productos y mercaderías, ya sea por cuenta propia o ajena; y (ii) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, comprendiéndose y sin que implique limitación alguna, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir, enajenar, gravar y dar y tomar en arriendo, administración, concesión y otras formas de cesión o tenencia temporal, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; participar en sociedades de cualquier clase u objeto; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el cumplimiento de los fines indicados, el desarrollo de la actividad propia de la sociedad y la inversión de los fondos disponibles de la misma
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: Por escritura pública de fecha 13 de junio de 2019, repertorio número 2250/2019, ante mí, don Henrique Pinto Biscaro, constituyó una sociedad por acciones denominada “MSC SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto (i) La compra, venta, importación, exportación, comisión, consignación, promoción, representación, distribución, almacenamiento y comercialización, al mayor o al detalle, sean de procedencia nacional o extranjera, de todo tipo de bienes, productos y mercaderías, ya sea por cuenta propia o ajena; y (ii) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, comprendiéndose y sin que implique limitación alguna, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir, enajenar, gravar y dar y tomar en arriendo, administración, concesión y otras formas de cesión o tenencia temporal, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; participar en sociedades de cualquier clase u objeto; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el cumplimiento de los fines indicados, el desarrollo de la actividad propia de la sociedad y la inversión de los fondos disponibles de la misma. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Varas, 19 de junio de 2019.