Instrumento
- Fecha
- 13 de junio de 2019
- Notario
- KARINA FLORES MUÑOZ
- Oficio
- Titular de la 36 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
Se realizará por don RODRIGO ANTONIO GONZALEZ ZAVALA y por don CARLOS JORGE LUIS ESCOBAR SILVA, quienes tendrán indistintamente todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la junta de accionistas y
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA FLORES MUÑOZ, Notario Público Suplente del Titular de la 36 Notaría de Santiago, don Andrés Rieutord Alvarado, La Concepción 65 piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 13 de Junio de 2019, ante el Titular, don Rodrigo Antonio González Zavala y don Carlos Jorge Luis Escobar Silva, ambos domiciliados para estos efectos en calle José Miguel Claro N°195, Providencia, constituyeron sociedad por acciones regida por los siguientes estatutos: RAZON SOCIAL: El nombre de la Sociedad es INVERSIONES E INMOBILIARIA ALMAR SpA, pudiendo utilizar como nombre de fantasía ALMAR SpA. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: uno)Invertir en todo tipo de bienes raíces y muebles, corporales o incorporales y percibir sus frutos, como asimismo comprar, vender, permutar, arrendar, administrar, comercializar y explotar en cualquier forma dichos bienes, ya sea por cuenta propia o ajena, en general realizar todo tipo de inversiones y negocios de carácter inmobiliario, pudiendo para estos efectos tomar interés o participar en todo tipo de sociedades y en el desarrollo de todo tipo de proyectos, relacionadas con la actividad inmobiliaria; dos) El estudio, promoción, gestión, comercialización, participación, ejecución y desarrollo de proyectos inmobiliarios y mobiliarios por cuenta propia o de terceros; tres) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, para fines de inversión y/o renta, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, con la facultad de administrar dichas inversiones, pudiendo también otorgar todo tipo de financiamiento u otorgamiento de créditos. La sociedad podrá, asimismo, para un mejor y adecuado cumplimiento de su objeto social, constituir, adquirir, integrar como asociada o en otra forma, directamente o con terceros o sociedades filiales, sociedades, instituciones de cualquier clase o naturaleza, tanto en Chile como en el extranjero; cuatro) La realización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de obras de ingeniería, civiles, urbanización, fraccionamiento, obras viales, viviendas, construcciones, montajes de estructuras, fabricación de estructuras metálicas; cinco) El estudio, diseño, planificación, contratación, realización, construcción, financiación, explotación y administración de negocios de infraestructura y la ejecución de todas las actividades y obras propias de la ingeniería, la construcción y la arquitectura en todas sus modalidades y especialidades, de bienes muebles e inmuebles, dentro o fuera del Territorio Nacional, por cuenta propia o de terceros; seis) En general realizar toda clase de negocios y empresas, sean estas industriales o comerciales, que tiendan directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social; siete) Asociarse y constituir toda clase de sociedades, incorporarse a sociedades ya existentes, desarrollar actividades de su giro social por sí misma o a través de sociedades que constituya al efecto o en las que se incorpore como socia o accionista; y, cualquier otro negocio o actividad que los socios determinen, relacionado directa o indirectamente con el objeto de la empresa. DURACION: La sociedad tendrá duración indefinida. CAPITAL: El capital social de $5.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, iguales y de una misma serie, sin valor nominal, se suscribe y paga íntegramente en este acto, de la siguiente manera: a) RODRIGO ANTONIO GONZALEZ ZAVALA, suscribe la cantidad de 50 acciones por el equivalente a la suma de $2.500.000, moneda nacional y dividido en 50 acciones, todas nominativas, de una misma serie e igual valor nominal; dichas acciones las paga en dinero efectivo ingresado a la caja social. b) CARLOS JORGE LUIS ESCOBAR SILVA, suscribe la cantidad de 50 acciones por el equivalente a la suma de $2.500.000, moneda nacional y dividido en 50 acciones, todas nominativas, de una misma serie e igual valor nominal; dichas acciones las paga en dinero efectivo e ingresado a la caja social. ADMINISTRACION: Se realizará por don RODRIGO ANTONIO GONZALEZ ZAVALA y por don CARLOS JORGE LUIS ESCOBAR SILVA, quienes tendrán indistintamente todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la junta de accionistas y demás estipulaciones en escritura. Demás disposiciones en escritura extractada. Santiago 18 de junio de 2019.