MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORIAS LOS ABETOS LIMITADA

RUT 78610610-9 CVE 1609442
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
13 de junio de 2019
Notaría
La Serena

Instrumento

Fecha
13 de junio de 2019
Notario
JOHN GALLARDO GOMEZ
Oficio
Segunda Notaría de La Serena
Comuna
La Serena

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOHN GALLARDO GOMEZ, Notario Público de la Segunda Notaría de La Serena, Suplente del Titular, Oscar Fernández Mora, con domicilio en Cordovez 588, Local 108, La Serena, certifico: Por escritura pública, hoy ante mí, certifico: doña ALICIA SUILAN HANSHING CORNELY, chilena, divorciada, psicóloga, cédula de identidad número 07.023.449-1, domiciliada en Avenida Costanera N°450, Depto 1101, La Herradura, Coquimbo, de paso en esta ciudad, y don JOSE ALEJANDO MORENO FARIÑA, chileno, ingeniero civil, divorciado, cedula de identidad número 06.378.159-2, domiciliado en calle Prat quinientos ochenta y uno de La Serena, por si y en representación de la sociedad CONSULNORT SpA, persona jurídica, Rol Único Tributario 76.722.099-5 domiciliada en calle Prat Nº 581, ciudad de La Serena, todos los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas antes citadas y exponen: Por escritura pública otorgada con fecha veintiocho de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro ante el Notario Público de la Vigésima sexta Notaria de Santiago Humberto Quezada Moreno se constituyó la sociedad denominada INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORIAS LOS ABETOS LIMITADA, en adelante también LOS ABETOS LIMITADA , se inscribió en extracto a fojas veintiséis mil novecientos ochenta y cuatro (26984) número veintidós mil quince (22015) del registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año mil novecientos noventa y cuatro (1994) y su extracto se publicó en el diario oficial en el ejemplar número (35036) treinta y cinco mil treinta y seis con fecha nueve de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro. El capital nominal de la sociedad es la suma de un millón de pesos ($1.000.000) y la participación de los socios se encuentra distribuida de la siguiente forma: Doña ALICIA SUILAN HANSHING CORNELY, posee una participación equivalente al uno por ciento del capital social (1%) y don JOSE ALEJANDO MORENO FARIÑA posee una participación equivalente al noventa y nueve por ciento del capital social (99%). Modificaciones: En virtud de lo anterior los comparecientes vienen en modificar la sociedad de la siguiente forma: A) Doña ALICIA SUILAN HANSHING CORNELY, vende, cede y trasfiere el total de su participación social equivalente al uno por ciento (1%) del capital de INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORIAS LOS ABETOS LIMITADA, en la suma de cincuenta mil pesos ($50.000) a CONSULNORT SpA, quien debidamente representada por su mandatario acepta, compra y adquiere para sí y paga en este acto en dinero en efectivo a plena satisfacción del cedente para todos los efectos legales. En virtud de las cesiones de las clausula quinta el capital queda compuesto por la siguiente participación: Don JOSE ALEJANDO MORENO FARIÑA, con una participación de un noventa y nueve por ciento (99%) del capital social y la sociedad CONSULNORT SpA, con una participación de uno por ciento (1%) del capital social para todos los efectos legales. Atendida la cesión de los derechos sociales Doña ALICIA SUILAN HANSHING CORNELY, se retira de la sociedad y deja de ser socio de esta compañía a contar de la suscripción de este instrumento y ha transferido toda su participación en el capital social tanto en su activo y pasivo al cesionario la sociedad CONSULNORT SpA, quien adquiere toda su participación social. En consecuencia doña ALICIA SUILAN HANSHING CORNELY queda libre y eximida de toda responsabilidad por cualquier naturaleza que exista o pudiere existir respecto de los actos, contratos negocios que haya efectuado la sociedad. La administración de la Sociedad corresponderá a Don JOSE ALEJANDO MORENO FARIÑA quien actuando individualmente y anteponiendo la razón social a su firma, la representara y obligará con las más amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura modificatoria extractada. En todo lo no modificado queda plenamente vigente escritura constitutiva. La Serena, 13 de junio de 2019.