Torres y Asencio Limitada
Instrumento
- Fecha
- 29 de abril de 2019
- Repertorio
- 23727
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42 Notaría de Santiago, Agustinas 1070, 2° piso, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 29 de abril de 2019, Repertorio N° 23.727, ante mí, doña Lucila Alicia Hurtado Díaz, domiciliada en kilómetro 11 del sector Coyhaique bajo, comuna de Coyhaique; doña Gisela Pamela Torres Hurtado, domiciliada en calle Segunda 0667, comuna de Quilpué; doña Millaray de la Luz Hernández Erazo, domiciliada en Avenida Nueva Providencia 2.214, depto. 175; don Pedro Alejandro Asencio Hernández, domiciliado en 318 Hilandale Dr., Charlotte, Estado de Carolina del Norte 28270, Estados Unidos; don Félix Eduardo Asencio Hernández, domiciliado en Álvaro Casanova 412, comuna de Peñalolén; y don Juan Francisco Asencio Hernández, domiciliado en calle Santa Victoria 180, depto. 503, comuna de Santiago; en su calidad de herederos de Raúl Anselmo Torres Rosas y Félix Segundo Asencio Soto, únicos socios de la sociedad “Torres y Asencio Limitada”, pudiendo actuar también frente a terceros como “Compañía Agrícola, Forestal y Ganadera Ofqui Limitada”, dieron cuenta de su fallecimiento y de la continuación de la sociedad con sus herederos que pasan a ser únicos socios; y modificaron los estatutos de la sociedad de responsabilidad limitada “Torres y Asencio Limitada”, en el sentido de otorgar el uso de la razón social y la administración de la sociedad a doña Gisela Pamela Torres Hurtado, doña Lucila Alicia Hurtado, Doña Millaray de la luz Hernández Díaz y don Félix Eduardo Asencio Hernández, con actuación conjunta, pudiendo representar a la sociedad en la forma más amplia con las facultades que se establecen en la escritura. Santiago, 14 de mayo de 2019.