CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD COMERCIAL TRIGO PAN SpA

CVE 1607803
Fecha instrumento
14 de junio de 2019
Notaría
Concepción
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
14 de junio de 2019
Repertorio
1350-19
Notario
José Gerardo Bambach Echazarreta
Oficio
Notaria de Concepción
Comuna
Concepción

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Talcahuano, Región del Biobío
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) El establecimiento, administración, explotación, y el desarrollo de actividades de panadería, amasandería, pastelería, repostería, y similares; La fabricación de masas, dulces, galletas, empanadas, pizzas, tortas, pasteles y en general todo tipo de comidas preparadas, venta y distribución, todo tipo de productos de rotisería, abarrotes, masas, embutidos, paquetería, regalos, provisiones, cecinas, huevos, lácteos, gelatería, bazar, librería, frutos del país, verduras y hortalizas frescas o envasadas; b) Otras actividades que acuerden los socios, relacionadas con las señaladas precedentemente. Las actividades económicas derivadas del objeto social podrán efectuarla personalmente, por la sociedad, en asociación, o coparticipación con terceros sean estas personas naturales o jurídicas. Los socios podrán realizar cualquier acto relacionado con el objeto de la sociedad y celebrar todos los actos y contratos que fueren necesarios o conducentes a los fines sociales

Administración

La sociedad será administrada por quien se designe en calidad de administrador, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social. El compareciente de acuerdo al Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada, nombra como administrador a GABRIEL DEL CARMEN TORRES VERA, cédula nacional de identidad número once millones quinientos setenta mil trecientos once guión cero. Se establece en este acto, que por esta única vez no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación del administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto. El administrador representará a la sociedad anteponiendo a su firma la

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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José Gerardo Bambach Echazarreta, abogado, Notario Público Titular de la Notaria de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle San Martin número novecientos seis, certifica: Por Escritura Pública de fecha 14 de Junio de 2019, repertorio Nº 1.350-19, ante mí, don GABRIEL DEL CARMEN TORRES VERA, constituye sociedad por acciones. Su Razón Social será SOCIEDAD COMERCIAL TRIGO PAN SpA pudiendo usar el nombre de fantasía PANADERIA TRIGO PAN SpA para efectos de publicidad, propaganda u operaciones de banco. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Talcahuano, Región del Biobío, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida desde fecha de escritura. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) El establecimiento, administración, explotación, y el desarrollo de actividades de panadería, amasandería, pastelería, repostería, y similares; La fabricación de masas, dulces, galletas, empanadas, pizzas, tortas, pasteles y en general todo tipo de comidas preparadas, venta y distribución, todo tipo de productos de rotisería, abarrotes, masas, embutidos, paquetería, regalos, provisiones, cecinas, huevos, lácteos, gelatería, bazar, librería, frutos del país, verduras y hortalizas frescas o envasadas; b) Otras actividades que acuerden los socios, relacionadas con las señaladas precedentemente. Las actividades económicas derivadas del objeto social podrán efectuarla personalmente, por la sociedad, en asociación, o coparticipación con terceros sean estas personas naturales o jurídicas. Los socios podrán realizar cualquier acto relacionado con el objeto de la sociedad y celebrar todos los actos y contratos que fueren necesarios o conducentes a los fines sociales. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de cinco millones de pesos, dividido en cincuenta acciones iguales, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben, pagan y pagarán en la forma expresada en el Artículo Segundo Transitorio de la escritura extractada. Cada acción dará derecho a un voto. El accionista constituyente GABRIEL DEL CARMEN TORRES VERA, ya individualizado, suscribe en este acto cincuenta acciones, las que paga íntegramente de contado y en dinero efectivo, ingresando a caja social. Administración: La sociedad será administrada por quien se designe en calidad de administrador, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social. El compareciente de acuerdo al Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada, nombra como administrador a GABRIEL DEL CARMEN TORRES VERA, cédula nacional de identidad número once millones quinientos setenta mil trecientos once guión cero. Se establece en este acto, que por esta única vez no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación del administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto. El administrador representará a la sociedad anteponiendo a su firma la razón social.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, 17 de Junio de 2019.-