SAN LUIS DE QUILLOTA S.A.D.P.
Instrumento
- Fecha
- 10 de abril de 2019
- Notario
- HUGO MONROY FOIX
- Domicilio
- ciudad de Quillota
Sociedad
- Capital
- $160.000.000 CLP
- Ley aplicable
- ley 18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUGO MONROY FOIX, Abogado, Notario Público Titular de la ciudad de Quillota, con oficio en calle O’Higgins número cuatrocientos catorce, Certifica: Que con fecha 30 de mayo de 2019, compareció ante mí, don JAVIER ANDRES GUTIERREZ OPAZO, C.I Y RUT N°13.188.279-3, quien expuso que encontrándose facultado venía en reducir a escritura pública el acta de la JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS SAN LUIS DE QUILLOTA S.A.D.P de fecha 10 de abril de 2019 celebrada ante mí. En dicha junta, su Presidente la declaró instalada, señalando que fue convocada por acuerdo del Directorio de la sociedad, habiéndose efectuado las publicaciones de rigor, y con la asistencia de quienes representan el 99,94% del total de las acciones del total de las acciones emitidas con derecho a voto. En la junta, entre otros acuerdos, por unanimidad de los presentes se acordó sanear, ratificar y aprobar la propuesta modificación de estatutos siguientes: a) Reducción numero directores de 9 a 5 así el Directorio se constituirán con un mínimo de tres miembros y los acuerdos se adoptaran por mayoría de los directores asistentes; y b) Además se propone actualizar los estatutos en cuanto a que se debe autorizar las sesiones de Directorio por medios tecnológicos según artículo 47 inciso final de la ley 18.046 y Circular Nro. 1530/2001 de la Superintendencia de Valores y Seguros, pudiendo realizarse por cualquier medio tecnológico y citación a sesión de directorio vía correo electrónico y se reemplaza el artículo décimo tercero de los estatutos por el siguiente: “DÉCIMO TERCERO. La Sociedad será administrada por un directorio de cinco miembros los que serán remunerados de acuerdo a lo establecido por la Junta Ordinaria de accionistas, la cual podrá determinar, si lo estima conveniente, que por el ejercicio correspondiente no se pague dieta alguna. Los Directores podrán ser reelegidos sin limitación alguna. En su primera reunión después de efectuada la designación por la junta de accionistas, el Directorio elegirá en su seno un presidente y un vicepresidente, que lo serán también de la sociedad. El vicepresidente reemplazara de pleno derecho al presidente en caso de ausencia o de impedimento de este y tendrá las demás funciones que le otorgue el Directorio o le delegue el Presidente. Las reuniones del Directorio se constituirán con un mínimo de tres miembros y los acuerdos se adoptaran por mayoría de los directores asistentes, los directores duraran en su cargo 2 años. Las sesiones de Directorio se podrán realizar a distancia según artículo 47 inciso final de la ley 18.046 y Circular Nro. 1530/2001 de la Superintendencia de Valores y Seguros, la cual se podrá realizar por cualquier medio tecnológico, las sesiones de directorio podrán ser convocadas por correo electrónico que deberán registrar los directores al asumir el cargo.-“. Demás estipulaciones en escritura extractada. LA sociedad tiene el Rut N°76.680.460-8 y según certificado emitido por el Conservador de Bienes Raíces de Quillota, su capital es de $160.000.000. Quillota 30 de mayo de 2019.