PERNOD RICARD CHILE S.A.
Instrumento
- Fecha
- 23 de mayo de 2019
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.890.782.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio legal de la Sociedad es la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración de la Sociedad corresponde a un directorio, sin perjuicio de las facultades que estos estatutos o la ley otorgan a las Juntas de Accionistas y al gerente general. El directorio se compondrá de tres miembros, designados por la Junta de Accionistas, cuya duración en sus cargos será de tres años, al término de los cuales deberá renovarse totalmente. Los directores podrán ser reelegidos indefinidamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, abogado, Notario Público Titular de la 33 Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 979, oficina 501, de la comuna de Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 23 de mayo de 2019, otorgada ante mí, repertorio número 8.096-2019 (bis), se redujo acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad PERNOD RICARD CHILE S.A., celebrada el 23 de mayo de 2019, en la cual se acordó transformar la sociedad PERNOD RICARD CHILE S.A. en una sociedad por acciones bajo el nombre de “PERNOD RICARD CHILE SpA”, según estatuto que se extracta a continuación: Don Bruno Rain y Pernod Ricard Central and South America S.A.S, ambos respectivamente domiciliados en 66 Cambridge Avenue Vaucluse, New South Wales 2030 (Australia) y en 12, Place des États-Unis 75116, Paris (Francia), vienen a constituir una Sociedad por Acciones que se regirá por estos estatutos, y por lo dispuesto en los artículos 424 a 446 del Código de Comercio y, supletoriamente, por las normas de las sociedades anónimas cerradas, establecidas en la Ley 18.046, sobre Sociedades Anónimas y su reglamento. Nombre: “Pernod Ricard Chile SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) explotar en todo el territorio de la República de Chile, por cuenta propia o de terceros, la fabricación y comercialización de licores, alcoholes, aguardientes, espirituosos, vinos, cervezas, bebidas y concentrados de fruta o de fantasía, y otras bebidas alcohólicas o no, así como productos alimenticios en general, sea que se produzcan en Chile o en el extranjero; b) Producir, representar o asesorar cualquier tipo de evento, sea masivo o no, público o privado, cualquier actividad de entretenimiento o de esparcimiento, en específico, cualquier actividad en discotecas, cabarets, salas de bailes y todos sus similares, o bien, producir, implementar o participar en cualquier tipo de recital, concierto o cualesquiera evento musical; c) Tomar, por cuenta propia o ajena, el arriendo y/o la concesión de espacios de uso público o privados; d) Tomar, por cuenta propia o ajena, el arriendo y/o la concesión de inmuebles de cualquier naturaleza o sitios eriazos, para destinarlos a estacionamiento de vehículos; e) La explotación, administración por cuenta propia o ajena de restaurantes, cafés, heladerías, discotecas, pubs, espacios deportivos, turísticos y todos sus similares; f) Realizar, organizar y promocionar exposiciones y/o eventos culturales, deportivos, musicales, artísticos; g) Contratación y organización y administración por cuenta propia o ajena de eventos musicales, sociales y/o culturales; h) La prestación de servicios de publicidad, relaciones públicas y propaganda; comerciales y publicitarios; i) La realización de promociones, eventos, estrategias publicitarias u otras, orientadas a la publicidad de las marcas. Para el cumplimiento de su objeto la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al mismo, al desarrollo de su giro o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad. Podrá también adquirir y enajenar, a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento y otras forma de cesión temporal, toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase u objeto, celebrar toda clase de contratos y en especial de Sociedad, participando en sociedades ya existentes, adquiriendo acciones o derechos en ellas, cuando tuvieren fines idénticos o conexos y que por su naturaleza puedan favorecer el desarrollo de sus negocios, o procurar las materias primas o facilitar la industrialización y comercialización de las mismas y, en general realizar toda clase de operaciones mobiliarias e inmobiliarias, industriales, comerciales, bancarias, de exportación o importación, o de cualquier otra naturaleza útiles a su desarrollo o que tengan relación directa o indirecta con su objeto. Domicilio: El domicilio legal de la Sociedad es la ciudad de Santiago. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $2.890.782.000, dividido en un total de cuatrocientas seis mil, setecientas ochenta y seis (406.786) acciones, todas nominativas y sin valor nominal, que se asignaron suscribieron y pagaron de la siguiente forma: uno) Bruno Rain, dos (2) acciones, equivalentes a $14.212, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas; y dos) Pernod Ricard Central and South América S.A.S, cuatrocientas seis mil, setecientas ochenta y cuatro (406.784) acciones, equivalentes a $2.890.767.788, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas. Administración: La administración de la Sociedad corresponde a un directorio, sin perjuicio de las facultades que estos estatutos o la ley otorgan a las Juntas de Accionistas y al gerente general. El directorio se compondrá de tres miembros, designados por la Junta de Accionistas, cuya duración en sus cargos será de tres años, al término de los cuales deberá renovarse totalmente. Los directores podrán ser reelegidos indefinidamente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de junio de 2019.