CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA VIMAR LIMITADA

RUT 16140379-2 CVE 1607683
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de junio de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de junio de 2019
Notario
EDUARDO ALBERTO CONTRERAS LAGOS
Domicilio
Chiguayante

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP
Duración
5 años fecha de este instrumento y se prorrogará, tácitamente, por periodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta voluntad de ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública subinscrita margen de la inscripción del extracto social, con una anticipación de, a lo menos 30 días a la fecha de expiración de este contrato o del periodo de prorroga que estuviere corriendo. En caso de fallecimiento alguno de los socios, sociedad continuará con herederos socio fallecido, quienes deberán designar procurador común, para efectos de ser representados en sociedad. Domicilio Chiguayante

Objeto social

La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces por cuenta propia o ajena, de obras de edificación, viviendas, mejoramientos, y cualquiera otra actividad que sea su naturaleza o

Administración

corresponderá a socio VICTOR JAVIER MARTINEZ OVIEDO, con las facultades señaladas en la cláusula cuarta. Capital $4.000.000, enteran siguiente forma: a) Socio Víctor Javier Martínez Oviedo aporta la suma de $2.000.000 al contado y en dinero en efectivo y que la sociedad se da por recibida y pagada en este acto. b) Socia Vanessa Yanira Gálvez Campos aporta $2.000.000 contado y dinero efectivo en este acto ingresando en caja social y que la sociedad se da por recibida y pagada. Socios limitan responsabilidades hasta monto de respectivos

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
VANESSA YANIRA GALVEZ CAMPOS socio 15614184-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO ALBERTO CONTRERAS LAGOS, Notario Público de Chiguayante, suplente de la Notario Interino, doña Guacolda Elizabeth Aedo Ormeño, con oficio en calle O´Higgins 1690 Chiguayante, Certifica: Por escritura hoy ante mí VICTOR JAVIER MARTINEZ GONZALEZ, C.N.I 16.140.379-2 y VANESSA YANIRA GALVEZ CAMPOS, C.N.I. 15.614.184-4, ambos domiciliados en Corbeta Constitución Nº652, Villa Chiguayante Sur Uno, Chiguayante, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, Razón Social: “INMOBILIARIA VIMAR LIMITADA”, Nombre fantasía “VIMAR LIMITADA”.- Objeto: La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces por cuenta propia o ajena, de obras de edificación, viviendas, mejoramientos, y cualquiera otra actividad que sea su naturaleza o giro. Administración: corresponderá a socio VICTOR JAVIER MARTINEZ OVIEDO, con las facultades señaladas en la cláusula cuarta. Capital $4.000.000, enteran siguiente forma: a) Socio Víctor Javier Martínez Oviedo aporta la suma de $2.000.000 al contado y en dinero en efectivo y que la sociedad se da por recibida y pagada en este acto. b) Socia Vanessa Yanira Gálvez Campos aporta $2.000.000 contado y dinero efectivo en este acto ingresando en caja social y que la sociedad se da por recibida y pagada. Socios limitan responsabilidades hasta monto de respectivos aportes. Duración: 5 años fecha de este instrumento y se prorrogará, tácitamente, por periodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta voluntad de ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública subinscrita margen de la inscripción del extracto social, con una anticipación de, a lo menos 30 días a la fecha de expiración de este contrato o del periodo de prorroga que estuviere corriendo. En caso de fallecimiento alguno de los socios, sociedad continuará con herederos socio fallecido, quienes deberán designar procurador común, para efectos de ser representados en sociedad. Domicilio Chiguayante, sin perjuicio agencias o sucursales cualquier punto del país o extranjero. Demás cláusulas en escritura extractada. Chiguayante, 13 de Junio de 2019.