CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Comercial Reptile Pro Limitada

RUT 13922683-6 CVE 1607563
Capital
$1.700 CLP
Fecha instrumento
31 de mayo de 2019
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
31 de mayo de 2019
Notario
SERGIO F. RODRIGUEZ URIBE
Domicilio
San Miguel con asiento en San Joaquín

Sociedad

Capital
$1.700 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto o giro de la empresa será : A) Exhibición de reptiles, aves y pequeños mamíferos en espacios abiertos o cerrados públicos o privados, Cría, Reproducción de reptiles, Cuidados, Compra, Venta, Importación de animales exóticos de acuerdo a las atribuciones que nos entrega el Servicio Agrícola y Ganadero de Chile, Compra y Venta de artículos relacionados con el bienestar de los animales exóticos, Organización, marketing, publicidad, promoción, contratación y realización en forma integral, eventos, recreativos profesionales y culturales. B) Representar, asesorar en forma técnica y profesional, en servicios de Exhibición, Cría, Reproducción, Cuidados e Importación de animales exóticos, y en general efectuar mandatos para la gestión de uno más negocios de terceros en estas materias, ya sean estos personas jurídicas o naturales, nacionales o internacionales y en general toda otra actividad relacionada con las anteriores.-ADMINISTRACION Y USO

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SERGIO F. RODRIGUEZ URIBE, Notario Público de San Miguel con asiento en San Joaquín, Av. Vicuña Mackenna 3125, certifico por escritura de 31-05-2019, ante doña Ana Maria Garate Romero, Notario Público Suplente del titular don Sergio Rodriguez Uribe, LORENA ALEJANDRA ESPINAL MUÑOZ, C.I. N° 13.922.683-6 y ALONSO LEONARDO LECHUGA SASTRE, C.I. N° 12.585.469-9, ambos domiciliados en calle Parque Conguillío Norte 9185 A, Comuna de Peñalolén, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada: RAZÓN SOCIAL: Comercial Reptile Pro Limitada, Nombre fantasía Reptile Pro Ltda. Objeto: El objeto o giro de la empresa será : A) Exhibición de reptiles, aves y pequeños mamíferos en espacios abiertos o cerrados públicos o privados, Cría, Reproducción de reptiles, Cuidados, Compra, Venta, Importación de animales exóticos de acuerdo a las atribuciones que nos entrega el Servicio Agrícola y Ganadero de Chile, Compra y Venta de artículos relacionados con el bienestar de los animales exóticos, Organización, marketing, publicidad, promoción, contratación y realización en forma integral, eventos, recreativos profesionales y culturales. B) Representar, asesorar en forma técnica y profesional, en servicios de Exhibición, Cría, Reproducción, Cuidados e Importación de animales exóticos, y en general efectuar mandatos para la gestión de uno más negocios de terceros en estas materias, ya sean estos personas jurídicas o naturales, nacionales o internacionales y en general toda otra actividad relacionada con las anteriores.-ADMINISTRACION Y USO RAZON SOCIAL:La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social será ejercida indistintamente por LORENA ALEJANDRA ESPINAL MUÑOZ o por ALONSO LEONARDO LECHUGA SASTRE, quienes anteponiendo su firma a la razón social la representaran con todos las facultades en los actos y contratos que ejecuten en nombre de la sociedad.- CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $1.700.000 que los socios aportan y enteran de la manera siguiente: a) ALONSO LEONARDO LECHUGA SASTRE, aporta animales de distintas especies e instalaciones necesarias para la marcha de la sociedad que las partes avalúan de comuna acuerdo en la suma de $1.500.000 equivalentes al 85% del capital social y b) LORENA ALEJANDRA ESPINAL MUÑOZ aporta animales de distintas especies, que las partes avalúan de común acuerdo en la suma $270.000, equivalentes al 15% del capital social.- DURACION: El plazo de duración de la sociedad será indefinido y comenzara a regir desde la fecha de esta escritura. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio sucursales o agencias en el país o extranjero. Socios limitan responsabilidad al monto de sus aportes.- Demás estipulaciones escritura extractada. San Joaquín, 31 de Mayo de 2019.