CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SALOM NAIL BAR ESTETICA INTEGRAL LIMITADA

CVE 1606965
Capital
$4.000 CLP
Fecha instrumento
11 de junio de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
11 de junio de 2019
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
42. Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago
Duración
5 años que comenzará a regir desde la fecha de esta escritura, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante aviso dado por escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de esta escritura en el Registro de Comercio con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento del período que estuviere en

Objeto social

La prestación de servicios de estética integral en sus más diversas formas, el cuidado, mantenimiento y embellecimiento corporal en ambos sexos, incluyendo, entre otros, tratamientos corporales y faciales, podología, depilación, masajes; ofrecer servicios de manicure, pedicure, maquillaje; Ofrecer cursos de estas técnicas de belleza ya sea a personas naturales o jurídicas, incluyendo la capacitación en dichas áreas inherentes al giro mencionado; la compra, venta, importación y exportación de toda clase de máquinas, accesorios, productos, insumos y artículos de belleza, cosmetológicos y naturales destinados al desarrollo de estas actividades y cualquier otro negocio que acordaren las socias

Administración

Corresponderá a ambas socias en forma separada e indistintamente, amplias facultades de administración y disposición de los bienes de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, chileno, abogado, Notario Público Titular 42. Notaría de Santiago, Agustinas 1070 2° piso, certifica: Por escritura de fecha 11 de Junio del año 2019, MAYRA DAYANNA SALOM NARVAEZ, Padre Miguel de Olivares 1444 departamento 921, Santiago, y PATRICIA BETTY SALOM NARVAEZ, Lord Cochrane 376 departamento 1006, Santiago, constituyeron sociedad responsabilidad limitada monto respectivos aportes de cuyos estatutos extracto lo siguiente: RAZON SOCIAL: “SALOM NAIL BAR ESTETICA INTEGRAL LIMITADA” nombre de fantasía “SALOM NAIL BAR LTDA.” OBJETO: La prestación de servicios de estética integral en sus más diversas formas, el cuidado, mantenimiento y embellecimiento corporal en ambos sexos, incluyendo, entre otros, tratamientos corporales y faciales, podología, depilación, masajes; ofrecer servicios de manicure, pedicure, maquillaje; Ofrecer cursos de estas técnicas de belleza ya sea a personas naturales o jurídicas, incluyendo la capacitación en dichas áreas inherentes al giro mencionado; la compra, venta, importación y exportación de toda clase de máquinas, accesorios, productos, insumos y artículos de belleza, cosmetológicos y naturales destinados al desarrollo de estas actividades y cualquier otro negocio que acordaren las socias. ADMINISTRACIÓN: Corresponderá a ambas socias en forma separada e indistintamente, amplias facultades de administración y disposición de los bienes de la sociedad. CAPITAL: $4.000.000 socias aportan en partes iguales, con $2.000.000 cada una, que se enteran y pagan en este acto en dinero en efectivo que ingresan a la caja social. Las utilidades se repartirán y las pérdidas se soportaran, entre las socias, en proporción a sus respectivos aportes.- Socios limitan sus responsabilidades hasta el monto de sus respectivos aportes.- DURACION: 5 años que comenzará a regir desde la fecha de esta escritura, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante aviso dado por escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de esta escritura en el Registro de Comercio con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento del período que estuviere en vigencia.- DOMICILIO: ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales dentro o fuera del país. Otras menciones constan escritura extractada. Santiago, 13 de junio de 2019.-