MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GEOTERMIA CURACAUTIN LIMITADA

RUT 76033715-3 CVE 1607293
Fecha instrumento
30 de mayo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de mayo de 2019
Notario
MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

a) La exploración, descubrimiento, explotación, adquisición, generación, producción, almacenamiento, distribución, transporte, importación y exportación de todo tipo de energía geotérmica y cualquier otra clase de energía, de minerales y cualquier otra sustancia encontrada o producida, así como de sus subproductos y derivados, siendo posible su tratamiento, proceso, refinación, transporte, comercialización y venta como se considere conveniente.; b) El armado, construcción, operación y servicio tierra adentro o costa afuera de equipos e instalaciones de perforación, producción, procesamiento o refinación, y de cualquier otra estructura de perforación relacionada con actividades en el área de la energía y minería; c) La obtención de concesiones de exploración y)o explotación de energía geotérmica y)o propiedad minera, y la venta, alquiler e intercambio de dichos bienes; d) La provisión de servicios de asesoramiento en relación a las actividades arriba mencionadas, incluyendo pozos geotérmicos y servicios a los mismos: e) La adquisición y análisis de datos mineros; f) La inversión en otras sociedades cuyos objetos sean similares al presente; y g) En general todas aquellas actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores y que acordaren los

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
GEOTERMÍA CURACAUTIN LIMITADA socio 76033715-3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 30/05/2019, Repertorio número 8.057/2019, ante mí, doña CAROLINA VICTORIA PEÑAILILLO VERA, domiciliada para estos efectos en calle Cerro El Plomo Nº 5.630, oficina 201, comuna de Las Condes, Santiago, en representación de COT HOLDINGS LLC, domiciliada en Centerville Road 2.711, Suite 400, Wilmington, Delaware 19.808, Estados Unidos; y, doña MARÍA DE LA LUZ MELO FUENTEALBA, domiciliada para estos efectos en calle Cerro El Plomo Nº 5.630, oficina 201, comuna de Las Condes, Santiago, en representación de COT ENERGY II LLC, domiciliada en Little Falls Drive 251, Wilmington, Delaware 19.808, Estados Unidos. COT HOLDINGS LLC y COT ENERGY II LLC, son los únicos y actuales socios de la sociedad GEOTERMÍA CURACAUTIN LIMITADA, RUT: 76.033.715-3, Capital: USD 116.902.439,4.- (dólares de los Estados Unidos de América), que se constituyó por escritura pública de fecha 07 de agosto de 2008, otorgada en la notaria de Santiago de doña Antonieta Mendoza Escalas. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 37.564 Número 25.854 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2008, y se publico en el Diario oficial de fecha 19 de agosto del mismo año. COT HOLDINGS LLC y COT ENERGY II LLC, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad GEOTERMIA CURACAUTIN LIMITADA, a través de sus representantes, acuerdan modificar la cláusula primera del Pacto Social, relativa a la razón social reemplazándola por la siguiente: “PRIMERO: La razón social de la sociedad será “ENERGÍA Y MINERÍA CURACAUTÍN LIMITADA”, y su domicilio la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales, que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero.” De la misma forma, únicos y actuales socios, a través de sus representantes, acuerdan modificar la cláusula segunda del Pacto Social, relativo al objeto social reemplazándolo por el siguiente: “SEGUNDO: La sociedad tiene por objeto: a) La exploración, descubrimiento, explotación, adquisición, generación, producción, almacenamiento, distribución, transporte, importación y exportación de todo tipo de energía geotérmica y cualquier otra clase de energía, de minerales y cualquier otra sustancia encontrada o producida, así como de sus subproductos y derivados, siendo posible su tratamiento, proceso, refinación, transporte, comercialización y venta como se considere conveniente.; b) El armado, construcción, operación y servicio tierra adentro o costa afuera de equipos e instalaciones de perforación, producción, procesamiento o refinación, y de cualquier otra estructura de perforación relacionada con actividades en el área de la energía y minería; c) La obtención de concesiones de exploración y/o explotación de energía geotérmica y/o propiedad minera, y la venta, alquiler e intercambio de dichos bienes; d) La provisión de servicios de asesoramiento en relación a las actividades arriba mencionadas, incluyendo pozos geotérmicos y servicios a los mismos: e) La adquisición y análisis de datos mineros; f) La inversión en otras sociedades cuyos objetos sean similares al presente; y g) En general todas aquellas actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores y que acordaren los socios.”. En lo no modificado, continúan vigentes las demás cláusulas del pacto social en todo aquello que sea compatible con las modificaciones efectuadas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Junio 04 de 2019. nrs.