Sociedad Villagra Asesorías Limitada
Instrumento
- Fecha
- 31 de mayo de 2013
- Notario
- MARIA DE LA LUZ TORRES AZOCAR
- Oficio
- Primera Notaria de San Antonio y Conservador de Minas
- Comuna
- San Antonio y Conservador de Minas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA DE LA LUZ TORRES AZOCAR, Abogado, Notario Público de la Primera Notaria de San Antonio y Conservador de Minas, Suplente de la titular, Ximena Ricci Díaz, Certifica: con fecha de hoy doña GRACIELA MONICA VILLAGRA DUQUE, Rut 10.056.985-K, domiciliada en Armando Pino No 1538, Colinas del Mar, San Antonio, doña MARIANELA ANDREA CABRERA DUQUE, Rut 14.274.674-3, domiciliada en Samuel García número sesenta y siete, Villa Italia, San Antonio, doña HILDA SONIA DUQUE ACUÑA, Rut 4.820.905-K, cuatro millones ochocientos veinte mil novecientos cinco raya K, del mismo domicilio anterior y doña ISIDORA ANTONIA FARIAS CABRERA, Rut 19.403.792-9, domiciliada en Roberto Parra 1060 departamento 102, Villa Miramar, San Antonio, modifican Sociedad Villagra Asesorías Limitada, con nombre de fantasía " Villagra Ltda", Rut 76.299.456-9, constituida con fecha 31 de Mayo de 2013, ante esta misma Notaria Ricci, publicada con fecha 5 junio de 2013, e inscrita a fojas 155 vuelta No 185 del Registro de Comercio del Conservador de San Antonio del año 2013, con capital inicial de quinientos mil pesos. La modificación consiste en el retiro de la Socia Hilda Sonia Cabrera Duque, quien vende, cede y transfiere sus derechos sociales a Isidora Antonia Farías Cabrera, en la suma de dos millones seiscientos mil pesos, cancelando en este acto la suma de cien mil pesos en efectivo y saldo de dos millones quinientos mil pesos, en un plazo de dos años, a contar de esta fecha. En consecuencia la Sociedad queda constituida por las socias Graciela Mónica Villagra Duque, con el sesenta por ciento del capital social, doña Marianela Andrea Cabrera Duque, con un veinte por ciento del capital social y la nueva integrante, doña Isidora Antonia Farías Cabrera, con un veinte por ciento del capital social. En todo lo demás rigen las estipulaciones del contrato de constitución en todas sus partes, pasando esta modificación a ser parte importante e integrante del pacto constitutivo. San Antonio 7 Junio 2019.