SOCIEDAD DE TRANSPORTES SAN GABRIEL COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de junio de 2019
- Repertorio
- 1053-2019
- Notario
- por escritura pública otorgada ante don René Marcelo Arriagada Basaur
- Oficio
- Segunda Notaría de Coronel
- Comuna
- Coronel
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARLENE LORENA CONTRERAS SOTO, oficial primero, notario suplente del titular René Marcelo Arriagada Basaur de la Segunda Notaría de Coronel, con oficio en calle Cochrane n° 130 2º piso, Coronel, certifica que, por escritura pública otorgada ante don René Marcelo Arriagada Basaur, abogado y notario público titular de la Segunda Notaría de Coronel, el 06 de junio de 2019, repertorio n° 1053-2019, don LEANDRO HÉCTOR HERMOSILLA TIZNADO, casado y separado totalmente de bienes según se acreditó, transportista, cédula de identidad n° 12.301.377-8; y doña CLAUDIA MARICELA PEREIRA VERGARA, casada y separada totalmente de bienes según se acreditó, técnico en enfermería, cédula de identidad n° 12.703.448-6, ambos domiciliados en en la comuna de Coronel, en calle Juan Antonio Ríos n° 2105, constituyeron una sociedad colectiva comercial de responsabilidad limitada, cuya razón social será SOCIEDAD DE TRANSPORTES SAN GABRIEL COMPAÑÍA LIMITADA, y su nombre de fantasía será la expresión “TRANSPORTES SAN GABRIEL LTDA”, pudiendo abreviar la expresión "limitada" por “Ltda.”. El domicilio de la sociedad será la comuna y ciudad de CORONEL, sin perjuicio de las agencias, oficinas, filiales o sucursales que puedan abrirse en cualquier lugar del territorio nacional o en el extranjero. El objeto de la sociedad será el a) transporte de carga por carretera mediante vehículos propios o ajenos; b) la compra, venta, importación y comercialización de toda clase de vehículos destinados al transporte de carga, sus motores, partes, piezas, neumáticos, baterías, repuestos, accesorios, lubricantes y combustibles, prestar servicios de reparación y mantenimiento de toda clase de vehículos. Asimismo, el giro social incluye todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el transporte de carga, flete, traslado y en general transporte de bienes de toda clase y su embalaje c) Y, en general, toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores que determinen los socios; pudiendo actuar la sociedad, para el cumplimiento de su objeto, directamente o asociada con terceros.- El capital social es la suma de $20.000.000.- que los socios aportan y enteran en este acto en arcas sociales en la siguiente forma: a) Don LEANDRO HÉCTOR HERMOSILLA TIZNADO, aporta la suma de $15.000.000, en dinero efectivo, pagado al contado. b) Doña CLAUDIA MARICELA PEREIRA VERGARA, aporta la suma de $5.000.000, en dinero efectivo, pagado al contado.- De esta forma, ha quedado totalmente suscrito y pagado el capital inicial de la sociedad. La sociedad rige a contar de la fecha de la escritura, y tendrá una duración de 5 años contados desde esa fecha, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de poner término a la sociedad mediante declaración que haga en escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación de, a lo menos seis meses antes del respectivo vencimiento o de sus prórrogas. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a don LEANDRO HÉCTOR HERMOSILLA TIZNADO, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con facultades indicadas en escritura extractada.- Demás estipulaciones escritura extractada.