SOCIEDAD COMERCIAL ALVEROMA LIMITADA
Instrumento
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en cualquier otro punto o lugar del país o extranjero
- Duración
- 5 años a contar esta fecha, prorrogable forma y plazo establecidos pacto social
Objeto social
representaciones, comercio exterior, importación, exportación, comercialización, distribución, manipulación de carga y asesoría empresarial y en general efectuar todas las actividades que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Abogado, Notario Titular 26ª Notaría Santiago Huérfanos Nº 835, 2º piso, CERTIFICA: Por escritura pública hoy, ante mí, RODOLFO ESTEBAN ALFARO MARTINEZ, domiciliado en calle Pukem Nº 4.164, Comuna de La Florida, Santiago y JORGE VÍCTOR RODRÍGUEZ VALENZUELA, domiciliado en Pasaje Mahuida Norte Nº 225, comuna de Maipú, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: "SOCIEDAD COMERCIAL ALVEROMA LIMITADA", nombre fantasía "ALVEROMA LTDA.". Domicilio: Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en cualquier otro punto o lugar del país o extranjero. Objeto: representaciones, comercio exterior, importación, exportación, comercialización, distribución, manipulación de carga y asesoría empresarial y en general efectuar todas las actividades que acuerden los socios. Duración: 5 años a contar esta fecha, prorrogable forma y plazo establecidos pacto social. Capital: $3.000.000, que socios aportan de la siguiente manera: a) Rodolfo Esteban Alfaro Martínez, entrega la suma de $2.000.000, equivalente a 2/3 del capital social; y b) Jorge Víctor Rodríguez Valenzuela entrega la suma de $1.000.000.- equivalente a 1/3 de capital social, ingresados en este acto en arcas sociales. Responsabilidad socios queda limitada monto sus respectivos aportes. Administración y uso razón social corresponderá al socio don Rodolfo Esteban Alfaro Martínez. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 10 de Junio del 2019. H. Quezada M.