CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES PROYECTA TALANQUÉN SpA

RUT 96777146-6 CVE 1606664
Capital
$460.244.224 CLP
Fecha instrumento
3 de junio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de junio de 2019
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
43° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$460.244.224 CLP

Objeto social

a) La realización de inversiones, las que constituirán su giro principal, comprendiéndose dentro de este giro la creación, administración y ejercicio de concesiones, arrendamientos y subarrendamientos de bienes raíces en general; y b) Podrá, asimismo, realizar inversiones en valores mobiliarios, derechos, acciones y participación en sociedades

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES TALANQUÉN LIMITADA socio 96777146-6 Huechuraba, Metropolitana

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CONSTITUCIÓN “INVERSIONES PROYECTA TALANQUÉN SPA” JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifica que mediante escritura pública de fecha 03 de Junio de 2019, otorgada ante mí, compareció INVERSIONES TALANQUÉN LIMITADA, RUT: 96.777.146-6, con domicilio en Avenida del Valle Nº570, oficina 203, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, y constituyó sociedad por acciones denominada “INVERSIONES PROYECTA TALANQUÉN SPA”, la que se regirá por los estatutos que a continuación se extractan: “NOMBRE: “INVERSIONES PROYECTA TALANQUÉN SPA”. OBJETO: a) La realización de inversiones, las que constituirán su giro principal, comprendiéndose dentro de este giro la creación, administración y ejercicio de concesiones, arrendamientos y subarrendamientos de bienes raíces en general; y b) Podrá, asimismo, realizar inversiones en valores mobiliarios, derechos, acciones y participación en sociedades. CAPITAL: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $460.244.224 pesos, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de la misma serie y valor, íntegramente suscrito y pagado de acuerdo con lo estipulado en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 06 de Junio de 2019.