MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSTRUCTORA ARAUCANÍA LIMITADA

RUT 79724730-8 CVE 1606352
Fecha instrumento
17 de mayo de 2019
Notaría
La Serena

Instrumento

Fecha
17 de mayo de 2019
Notario
Elena Leyton Carvajal
Oficio
Tercera Notaría de La Serena
Comuna
La Serena

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Elena Leyton Carvajal, abogado, Notario Publico, titular Tercera Notaría de La Serena, Cordovez 317, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, don RICARDO LEÓN ALCARRAZ HERRERA, factor de comercio, con domicilio en Jose Miguel Carrera 1049, Calama; don GABRIEL ANDRÉS ALCARRAZ OSSANDÓN, administrador de empresas, con domicilio en calle Trento 3304, Coquimbo, por sí, y en rep. de don RAFAEL ALEJANDRO ALCARRAZ OSSANDÓN, ingeniero, con domicilio en calle Valparaíso 1327, Viña del Mar; sociedad ARAÚ S.A., sociedad anónima cerrada del giro inversiones, con domicilio en calle Limache 1270, of.1204, Viña del Mar, rep. por don GABRIEL ANDRÉS ALCARRAZ OSSANDÓN, ya individualizado; e INVERSIONES KATRAL S.A. sociedad anónima cerrada del giro de su denominación, con domicilio en calle Limache 1270, of. 1204, Viña del Mar, rep. por don RICARDO LEÓN ALCARRAZ HERRERA, ya individualizado; modificaron sociedad CONSTRUCTORA ARAUCANÍA LIMITADA, constituida el 30 de Marzo de 1987 ante el Notario Público Interino de El Loa, con asiento en Chuquicamata, don Julio Vicencio Becerra, publicada en D. Of. De 02 de Mayo de 1987, extracto se inscribió a fojas 88 vuelta Número 38 en Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de El Loa de 1987; modificada por primera vez el 30 de septiembre de 1992 ante el Notario de Calama Luis Eduardo Álvarez Díaz, publicada en D.Of. de 17 de Septiembre de 1992 e inscrito su extracto a fojas 152 vuelta número 123 en Registro de Comercio del Conservador de El Loa de 1992. Modificada por segunda vez el 28 de julio de 1993 ante el Notario de Calama Luis Eduardo Álvarez Díaz Notario, el extracto fue publicado en D.Of. de 14 de julio de 1993 e inscrito a fojas 117 vuelta . N° 107 en Registro Comercio del Conservador de El Loa de 1993. Modificada por tercera vez el 17 de septiembre de 1996 ante el Notario de Calama Victor Antonio Varas Plaza, fue publicada en D. Of. De 30 de agosto de 1996 e inscrito su extracto a fojas 316 número 241 en Registro Comercio de El Loa del año 1996. Modificada por cuarta vez el 20 de febrero de 2003 ante el Notario de Calama José Miguel Sepúlveda García, el extracto fue publicado en D.Of. de 20 de enero de 2003 e inscrito a fojas 30 vuelta . N° 29 en Registro Comercio de El Loa del año 2003. En la sociedad don RICARDO LEON ALCARRAZ HERRERA tiene una participación del 95%, don GABRIEL ANDRÉS ALCARRAZ OSSANDÓN y RAFAEL ALEJANDRO ALCARRAZ OSSANDÓN con una participación social de 2,5% cada uno. Estos porcentajes de participación fueron adquiridos por sucesión por causa de muerte de doña ANGÉLICA ELIZABETH OSSANDÓN HENRÍQUEZ, fallecida con fecha 22.01.2005 inscripción especial de herencia inscrita a fojas 2489 número 5580 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Calama del 2005. Por instrumento don RICARDO LEON ALCARRAZ HERRERA, don GABRIEL ANDRÉS ALCARRAZ OSSANDÓN y don RAFAEL ALEJANDRO ALCARRAZ OSSANDÓN, venden, ceden y transfieren la totalidad de sus derechos sociales que tienen en la sociedad Constructora Araucanía a la sociedad ARAÚ S.A. e Inversiones Katral S.A. en los siguientes términos: a) don RICARDO LEON ALCARRAZ HERRERA vende, cede y transfiere el 50% de sus derechos sociales, esto es el equivalente al 47,5& del haber social a la sociedad ARAÚ S.A. quien debidamente representado compra, acepta y adquiere para si. Precio indicado escritura. b) don RICARDO LEON ALCARRAZ HERRERA vende, cede y transfiere el otro 50% de sus derechos sociales, esto es el equivalente al 47,5.% del haber social a la sociedad INVERSIONES KATRAL S.A. quien debidamente representado compra, acepta y adquiere para sí. Precio indicado escritura. c) don GABRIEL ANDRÉS ALCARRAZ OSSANDÓN vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, esto es el equivalente al 2,5% del haber social a la sociedad ARAÚ S.A. quien compra, acepta y adquiere para si: Precio señalado escritura. d) don RAFAEL ALEJANDRO ALCARRAZ OSSANDÓN vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, esto es el equivalente al 2,5 %5 del haber social a la sociedad INVERSIONES KATRAL S.A. quien compra, acepta y adquiere para si. Precio señalado escritura. En consecuencia la participación de las sociedades adquirentes en la sociedad Constructora Araucanía Limitada es de 50% ARAÚ S.A. y 50% para INVERSIONES KATRAL S.A. La representación legal, administración y el uso de su razón social corresponderá en forma indistinta a don RICARDO LEÓN ALCARRAZ HERRERA, y a don GABRIEL ANDRÉS ALCARRAZ OSSANDÓN quienes la ejercerán por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social. El socio administrador, actuando en forma individual y separada, ya sea por sí o por medio de los apoderados que designen al efecto de conformidad con la presente cláusula, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación forma indicada instrumento que extracto.-. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- La Serena, 17 Mayo 2019.