TRANSPORTES CURIN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de abril de 2019
- Repertorio
- 2211
- Notario
- JUAN ESPINOSA BANCALARI
- Domicilio
- Concepción
- Comuna
- Concepción
Personas y entidades (4)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| JUAN MARCELO SEBASTIÁN VARELA SABANDO | socio | 8784562-1 | — | — | |
| SEBASTIÁN ENRIQUE VARELA GUTIÉRREZ | socio | 18143262-4 | — | — | |
| TRANSPORTES MIGUEL ANGEL ZAPATA PASMIÑO EIRL | socio | 76480377-9 | — | — | |
| MIGUEL ANGEL ZAPATA PASMIÑO | representante | 9716719-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins 528, CERTIFICA: QUE POR ESCRITURA PÚBLICA DE FECHA 6 DE JUNIO DE 2019, ante mi suplente Gaston Alvaro Aranis Quiroz, bajo el Rep.N°3544, don HÉCTOR MARCIAL MEZA TORO, chileno, CI. 9.306.704-5, abogado, casado, Aníbal Pinto 215, Oficina 903, Concepción, en representación de CLAUDIA PILAR CLEMO IBAÑEZ, CI. 10.884.138-9 de JUAN MARCELO SEBASTIÁN VARELA SABANDO, CI 8.784.562-1; de SEBASTIÁN ENRIQUE VARELA GUTIÉRREZ, CI 18.143.262-4: y de la empresa TRANSPORTES MIGUEL ANGEL ZAPATA PASMIÑO EIRL., RUT 76.480.377-9, representada por MIGUEL ANGEL ZAPATA PASMIÑO, chileno, CI 9.716.719-2; saneó escritura de modificación TRANSPORTES CURIN LIMITADA, RUT. 76.367.639-0, de fecha 1 de abril de 2019, otorgada en la Notaría de Concepción, de don Juan Espinosa Bancalari, Repertorio 2211. Siguiente sentido, por una omisión involuntaria, no se inscribió el extracto de dicha modificación, dentro de plazo legal, en el Registro de Comercio en el Conservador de Bienes Raíces de Concepción, ello, de conformidad a lo dispuesto por el artículo tercero de la Ley número tres mil novecientos dieciocho, incurriendo de esa forma en un vicio de carácter formal de nulidad de ese acto. Por este acto e instrumento, el compareciente en representación de los socios de la Sociedad, en ejercicio de las facultades otorgadas por éstos, y conforme lo autoriza la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, viene en corregir y sanear el vicio formal indicado, ratificando todo lo pactado por éstos en escritura de modificación social de fecha uno de abril dos mil diecinueve, Repertorio 2211, y se obliga a inscribir el extracto de la escritura que se otorga en este acto, saneándose de esa forma el vicio en el cual se incurrió, al no haberse inscrito el extracto de la modificación social indicada. Demás estipulaciones, escritura extractada.- CONCEPCION, 12 junio 2019.-