Miranda Hermanos SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de enero de 2017
- Repertorio
- 214-2017
- Notario
- MARÍA EUGENIA LE-BERT ACHERITOGARAY
- Domicilio
- ciudad de Talagante
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA EUGENIA LE-BERT ACHERITOGARAY, abogado, Notario Público titular de la ciudad de Talagante, con oficio en calle Bernardo O`Higgins Nº 1.360 de esta ciudad, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de Enero de 2017, ante Botario Suplente Inelia Susa Stein Cuadra, SERGIO RICARDO MIRANDA ALVAREZ, redujo a escritura pública “Acta de primera sesión de directorio “Miranda Hermanos SpA.”, repertorio N° 214-2017, sociedad cuyo extracto de constitución se encuentra inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Peñaflor a fojas 54 vuelta N° 49 del año 2016, efectuada con fecha 19 de enero de 2017, con la asistencia de los directores Hugo Danilo Miranda Moreno, Hugo Antonio Miranda Álvarez, Hernán Alejandro Miranda Álvarez, Roberto Estaban Miranda Álvarez y Sergio Ricardo Miranda Álvarez. Preside la sesión don Hugo Danilo Miranda Moreno y actúa como secretario don Hernán Alejandro Miranda Álvarez. I- Quórum. Se encuentra presente la unanimidad de los miembros del Directorio. II- Tabla: El presidente procede a leer la tabla de la sesión: III- Designación de presidente: Se designa presidente del directorio a Hugo Danilo Miranda Moreno. IV- Designación del Gerente General: Se designa gerente general a Sergio Ricardo Miranda Álvarez. V- Poderes: El Directorio, por unanimidad, y sin perjuicio de las facultades que corresponden al Gerente General por el sólo ministerio de la ley, acordó conferir al gerente general y al presidente del directorio, amplias facultades, según se detallan en la escritura extractada. VI- Directivas para el funcionamiento de la sociedad: El directorio instruyó al gerente general para efectuar una serie de trámites con la finalidad de actualizar los datos de la sociedad ante Instituciones bancarias. VII- Cumplimientos de acuerdos y reducción a escritura pública: Se acordó que todos los acuerdos aprobados se cumplan y lleven a cabo de inmediato, sin esperar previa aprobación de acta, facultando al portador para reducir a escritura pública. En lo relacionado con los poderes, este instrumento servirá de suficiente personería. Demás estipulaciones escritura extractada. Talagante, 11 de Junio de 2019.