Instrumento
- Fecha
- 23 de mayo de 2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.500.000 CLP
- Domicilio
- Santiago de Chile
- Duración
- Indefinida
Objeto social
A) la participación y adquisición de acciones en la Sociedad Inmobiliaria San Francisco S.A.; B) y en general, cualquier actividad comercial o civil conexa o relacionada directamente con lo anterior o que en la actualidad o en el futuro se relacione con dicho
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO PRIETO CONCHA, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 23 de mayo de 2019, repertorio Nº N°20864-2019 ante el titular, JUAN FRANCISCO LORCA ÁLVAREZ, en Avenida Presidente Jorge Alessandri Rodríguez 20.191, Comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, constituye una sociedad por acciones bajo el nombre de INVERSIONES SAN JUAN CORP SpA. OBJETO: A) la participación y adquisición de acciones en la Sociedad Inmobiliaria San Francisco S.A.; B) y en general, cualquier actividad comercial o civil conexa o relacionada directamente con lo anterior o que en la actualidad o en el futuro se relacione con dicho objeto. DURACIÓN: indefinida. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $3.500.000, que se divide en 3.500 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, el cual se suscribe en su totalidad y se paga como se señala a continuación: 1. Don JUAN FRANCISCO LORCA ÁLVAREZ suscribe la cantidad de 3.500 acciones, equivalente a $3.500.000, que se paga y pagará conla suma de $50.000 que se paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, ingresando en caja social, y con la suma de $3.450.000, se pagarán en un plazo máximo de 30 días contados desde la fecha de constitución de la sociedad, en dinero o especies. DOMICILIO: Santiago de Chile, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en el país o en el extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, Santiago 5 de junio de 2019.-