CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORTADORA Y EXPORTADORA MOBIKAN KOREA AUTOMOBILE NETWORKS LIMITADA

RUT 18049323-9 CVE 1605755
Fecha instrumento
23 de mayo de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
23 de mayo de 2019
Notario
MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA
Domicilio
Iquique

Sociedad

Domicilio
en la Ciudad de Iquique
Duración
comenzara a regir desde la fecha de esta escritura y tendrá una duración de cinco años, prorrogables por periodos iguales y sucesivos y continuos de tres años cada uno

Objeto social

-;

Administración

corresponderá a doña LAURA ESTER TIRADO CONTRERAS;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Notario Público Titular, Iquique, Aníbal Pinto 555, certifico por escritura pública hoy ante mí: LAURA ESTER TIRADO CONTRERAS, chilena, casada, empresaria, C.I.N° 18.049.323-9, domiciliada en Altos del Sur N° 4.541, de la Comuna de Alto Hospicio, de paso por esta ciudad; y don HUN JOO HAN, koreano, soltero, comerciante, Pasaporte de la República de Korea N° 94489943, domiciliado en Altos del Sur N° 4.541, de la Comuna de Alto Hospicio, de paso por esta ciudad; constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada.- RAZÓN SOCIAL: “IMPORTADORA Y EXPORTADORA MOBIKAN KOREA AUTOMOBILE NETWORKS LIMITADA”, pudiendo usar nombre de fantasía de “IMP. Y EXP. MOBIKAN LTDA"; cuyo OBJETO será: la importación, exportación, comercialización, distribución, representación por cuenta propia o ajena, venta al por mayor y al menor de todo tipo de vehículos motorizados sean nuevos o usados, repuestos y accesorios de los mismos; representación de firmas nacionales o extranjeras; mecánica en general y, toda otra actividad que los socios acordaren estén directa, indirecta o no relacionadas con las actividades antes relacionadas. La produc¬ción, transformación, ensamblado, armado y promoción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos, mercaderías, bienes y servicios; la prestación de servicios comerciales e industriales; la realización de todas o algunas de las operaciones que el Decreto Ley mil cincuenta y cinco y sus modificaciones permite a los usuarios de las Zonas Francas, como asimismo la realización de cualquier otra actividad relacionada, complementaria o conexa con las anteriores. Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá asociarse en participación, efectuar inversiones en cooperativas o sociedad de cualquier naturaleza u objeto.-; DOMICILIO: en la Ciudad de Iquique, sin perjuicio de que pueda ejercer sus actividades en todo el territorio nacional y en el extranjero para lo cual podrá abrir y cerrar toda clase de oficinas, agencias o sucursales y constituir domicilios especiales; ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: corresponderá a doña LAURA ESTER TIRADO CONTRERAS; CAPITAL: será la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS, que los socios enteran de la siguiente manera: a) LAURA ESTER TIRADO CONTRERAS, la suma UN MILÓN DE PESOS, suma que se entera en este acto al contado y en dinero en efectivo, suma que en este acto ingresa a la caja social.- b) HUN JOO HAN, la suma DIECINUEVE MILLONES DE PESOS, suma que se entera de la siguiente manera con la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS, en este acto al contado y en dinero en efectivo, suma que en este acto ingresa a la caja social y el saldo de NUEVE MILLONES DE PESOS, se enterará dentro del plazo de un año, contado a partir de este fecha, o a medida que las necesidades sociales lo requieran, en dinero efectivo; DURACIÓN: comenzara a regir desde la fecha de esta escritura y tendrá una duración de cinco años, prorrogables por periodos iguales y sucesivos y continuos de tres años cada uno..- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, 23 de Mayo de 2019.-