GLOBALPYME ASESORÍAS JURÍDICAS Y EMPRESARIALES SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de junio de 2019
- Notario
- JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS
- Oficio
- 4ta Notaría de Talca
- Comuna
- Talca
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 20.190
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS, Abogado, Notario Público Titular de la 4ta Notaría de Talca, con oficio en calle 2 Oriente N°1140, Talca, Certifico: Que por escritura pública de fecha 12 de Junio de 2019, ante mí, doña YAZNA MARÍA BARRERA CESAREO, chilena, abogada, cédula nacional de identidad número catorce millones ciento cincuenta y cuatro mil setecientos noventa y seis guión ocho (14.154.796-8), en representación de GLOBALPYME ASESORÍAS JURÍDICAS Y EMPRESARIALES S.p.A., Rol único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil trescientos setenta y uno guión cero (76.449.371-0) y en virtud de mandato otorgado en el artículo Tercero Transitorio de sus estatutos, según consta de escritura pública de constitución, de fecha veintitrés (23) de septiembre de dos mil dieciséis (2016), celebrada ante el notario público de Talca, don Héctor Ferrada Escobar, y anotada bajo el repertorio número tres mil sesenta y uno guión dos mil dieciséis (3061-2016), quien acredita su poder con la mencionada escritura y su identidad con la respectiva cédula y expone: PRIMERO: Que don Jorge Luis Acevedo Díaz y doña Yazna María Barrera Cesareo, mediante escritura pública de fecha veintitrés de septiembre de dos mil dieciséis, celebrada ante el notario público de Talca, don Héctor Ferrada Escobar, y anotada bajo el repertorio número tres mil sesenta y uno guión dos mil dieciséis (3061-2016), constituyeron la sociedad “Globalpyme Asesorías Jurídicas y Empresariales S.p.A.”, su correspondiente extracto fue inscrito a fojas mil novecientos noventa y cuatro (1994), número ochocientos diecisiete (817), del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año dos mil dieciséis (2.016). SEGUNDO: Que por este acto doña Yazna María Barrera Cesareo, debidamente mandatada para tal efecto, viene en rectificar la escritura de constitución de Globalpyme Soluciones Jurídicas y Empresariales S.p.A., en el sentido de indicar que el nombre, razón social o denominación de esta sociedad debe ser “Globalpyme Soluciones Jurídicas y Empresariales SpA”, eliminándose de esta forma la puntuación en la sigla SpA, de conformidad con lo establecido en el artículo 425 del Código de Comercio, Ley 20.190, que señala que la sigla de una sociedad por acciones debe concluir con la expresión SpA y no con S.p.A. como erradamente se señaló en la escritura de constitución. TERCERO: En lo no rectificado se mantienen inalterables las demás estipulaciones de la escritura de constitución de la sociedad antes individualizada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Talca 12 de junio de 2019.