FOTOVOLTAICA DE LOS ANDES SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de junio de 2019
- Repertorio
- 55155-2019
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La sociedad tiene por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisco Javier Leiva Carvajal, Abogado Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, Amunátegui N° 73, Sant iago, certifico: Que por escritura pública de fecha 05 de Junio de 2019, Repertorio Nº55.155-2019, ante mí, el único accionista de la sociedad “FOTOVOLTAICA DE LOS ANDES SpA”, Rut Nº 76.106.987-K, la sociedad “CHILE SOLAR JV SpA”, representada por Sun Woong Lee, modificó lo siguiente: A) Conforme a la compraventa de acciones de que da cuenta la escritura extractada, el nuevo y único accionista de la sociedad “FOTOVOLTAICA DE LOS ANDES SpA” es “Chile Solar JV SpA”; B) Se amplió el objeto social; C) se modificaron otras materias que no son objeto de extracto; y D) Asimismo, se acordó refundir los estatutos sociales, siendo finalmente sólo materia extractable la modificación del objeto social de la Sociedad, la cual se encuentra inscrita a fojas 30356, N° 20938, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes de Raíces de Santiago correspondiente al año 2010. Por lo tanto, se sustituye íntegramente el Artículo Cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: Objeto. La sociedad tiene por objeto: a) El desarrollo, construcción, explotación, operación, y mantenimiento de proyectos de generación de energía solar y demás energías renovables no convencionales; b) La generación y transmisión de energía eléctrica, en general; c) La Sociedad podrá llevar adelante estudios, mediciones, prospecciones y demás actividades necesarias para desarrollar, construir, operar y mantener proyectos de generación de energía de fuentes renovables no convencionales; d) Desarrollar, construir, operar y mantener todas las instalaciones, obras, plantas y subestaciones necesarias para la generación y transmisión de electricidad; e) La generación de energía eléctrica en otras centrales N.C.P.; y, f) Realizar todas las demás construcciones y obras complementarias para tales efectos; comprar, vender, importar, exportar y comercializar bienes o insumos relacionados con la generación y transmisión de energía eléctrica; y efectuar toda clase de inversiones relativas a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización, y administración que sigan relación con el objeto principal.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 07 de Junio de 2019.