Instrumento
- Fecha
- 6 de junio de 2019
- Repertorio
- 4166
- Notario
- JOHN GALLARDO GÓMEZ
- Oficio
- Segunda Notaria de La Serena
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Domicilio
- Lote Cinco, Las Barrancas, Coquimbo
- Duración
- Indefinida
Objeto social
compraventa, arrendamiento, distribución, consignación, intermediación, importación y exportación de artículos de ferretería y gasfitería, máquinas, herramientas, artefactos para la industria y domésticos, motores, instrumentos de precisión y otros, repuestos y accesorios, maderas, aceros, fierros, plásticos, pinturas, áridos, arena, reactivos, cemento, combustibles, y otros elementos para construcción, reparación o mantenimiento de casas, edificios, locales y predios agrícolas, productos químicos, menaje y otros para el hogar, artefactos y elementos mecánicos, eléctricos y electrónicos; artículos de pesca, camping y similares y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, tenga cualquiera relación con tales objetos; asimismo, cualquiera clase de bienes que la autoridad permita comerciar en esta clase de establecimientos; y lo que los socios, de consuno, acuerden
Administración
La sociedad será administrada por quien se designe en calidad de gerente general. El administrador designado, actuando individualmente y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrá el uso de la razón social y representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes. Se nombra como administrador y gerente general de la sociedad para que actúe en los términos señalados en el ARTÍCULO QUINTO de estos estatutos a don RICHARD DANIEL BURDILES MOHR, ya individualizado, quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOHN GALLARDO GÓMEZ, abogado, Notario Público Segunda Notaria de La Serena, Suplente del Titular don Oscar Fernandez Mora, con oficio en La Serena, comuna de La Serena, calle Cordovez 588, Local 108, certifico: Por escritura pública de fecha 06 de junio de 2019, Repertorio N° 4166, ante mí: don RICHARD DANIEL BURDILES MOHR, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, cedula de identidad número doce millones ochocientos cinco mil cuatrocientos cuarenta y uno guion tres, domiciliado en Lote ocho, Retazo Veintitrés, Las Barrancas, Coquimbo, mayor de edad, de paso por esta ciudad, constituye sociedad por acciones que se regirá por sus estatutos, y, en silencio de ellos, por las disposiciones de la ley dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. Razón Social: FERRETERÍA LAS BARRANCAS SpA. Domicilio: Lote Cinco, Las Barrancas, Coquimbo. Objeto: compraventa, arrendamiento, distribución, consignación, intermediación, importación y exportación de artículos de ferretería y gasfitería, máquinas, herramientas, artefactos para la industria y domésticos, motores, instrumentos de precisión y otros, repuestos y accesorios, maderas, aceros, fierros, plásticos, pinturas, áridos, arena, reactivos, cemento, combustibles, y otros elementos para construcción, reparación o mantenimiento de casas, edificios, locales y predios agrícolas, productos químicos, menaje y otros para el hogar, artefactos y elementos mecánicos, eléctricos y electrónicos; artículos de pesca, camping y similares y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, tenga cualquiera relación con tales objetos; asimismo, cualquiera clase de bienes que la autoridad permita comerciar en esta clase de establecimientos; y lo que los socios, de consuno, acuerden. Capital: quince millones de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. El capital social se suscribe, entera y paga, de la siguiente manera: El accionista suscribe mil acciones por un valor total de quince millones de pesos, los cuales paga con la suma de cinco millones en dinero efectivo, de curso legal y al contado, valor que ingresa a la caja social; y el saldo de diez millones de pesos se obliga a ingresarlos en dinero efectivo dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha. Duración: Indefinida. Administración: La sociedad será administrada por quien se designe en calidad de gerente general. El administrador designado, actuando individualmente y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrá el uso de la razón social y representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes. Se nombra como administrador y gerente general de la sociedad para que actúe en los términos señalados en el ARTÍCULO QUINTO de estos estatutos a don RICHARD DANIEL BURDILES MOHR, ya individualizado, quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos. Demás estipulaciones en escritura extractada. La Serena, 11 de Junio de 2019.-