CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CHORIZA POW! SpA

CVE 1605608
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de junio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de junio de 2019
Repertorio
17394-2019
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto, dedicarse tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, asociada o no a terceros, (a) la compra, venta, importación o exportación de toda clase de productos y mercaderías sean esto o no relacionados con la industria alimentaria y sean estos destinados o no al consumo humano; (b) la fabricación y comercialización de todo tipo de bienes muebles e inmuebles; (c) la prestación de todo tipo de servicios relacionados con la consultoría y)o asesoría de personas naturales y jurídicas; (d) la celebración de todo tipo de actos, negocios u operaciones relacionadas con la transferencia, arrendamiento o cesión de uso de todo tipo de bienes, corporales e incorporales; (e) la asesoría relacionada la gestión, transferencia, arrendamiento o cesión de uso de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; (f) la representación de cualquier tipo de persona, natural o jurídica, marca o agencia extranjera en el país, y la administración de sus bienes muebles o inmuebles para realizar todo tipo de acto, negocio u operación relacionada con su objeto social; (g) la compra, venta, arriendo, importación y exportación de cualquier insumo o bien relacionado con el giro social de la Sociedad; y (h) cualquier otra actividad lícita que los accionistas de común acuerdo adoptaren en el futuro

Administración

Desde esta fecha y hasta que su nombramiento sea revocado por la junta de accionistas, la Sociedad será administrada por EYLEEN OBIDIC VALENZUELA y BARBARA FRANCISCA LEÓN SALDÍAS, quienes podrán actuar separadamente para representar a la Sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, piso 2, Providencia, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 10 de junio de 2019, Repertorio N° 17.394-2019, ante mí, doña BARBARA FRANCISCA LEÓN SALDÍAS y doña EYLEEN OBIDIC VALENZUELA, constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “CHORIZA POW! SpA” Accionistas: BARBARA FRANCISCA LEÓN SALDÍAS y EYLEEN OBIDIC VALENZUELA.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto, dedicarse tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, asociada o no a terceros, (a) la compra, venta, importación o exportación de toda clase de productos y mercaderías sean esto o no relacionados con la industria alimentaria y sean estos destinados o no al consumo humano; (b) la fabricación y comercialización de todo tipo de bienes muebles e inmuebles; (c) la prestación de todo tipo de servicios relacionados con la consultoría y/o asesoría de personas naturales y jurídicas; (d) la celebración de todo tipo de actos, negocios u operaciones relacionadas con la transferencia, arrendamiento o cesión de uso de todo tipo de bienes, corporales e incorporales; (e) la asesoría relacionada la gestión, transferencia, arrendamiento o cesión de uso de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; (f) la representación de cualquier tipo de persona, natural o jurídica, marca o agencia extranjera en el país, y la administración de sus bienes muebles o inmuebles para realizar todo tipo de acto, negocio u operación relacionada con su objeto social; (g) la compra, venta, arriendo, importación y exportación de cualquier insumo o bien relacionado con el giro social de la Sociedad; y (h) cualquier otra actividad lícita que los accionistas de común acuerdo adoptaren en el futuro.- Capital: $1.000.000, dividido en (i) 900 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal; (ii) 100 acciones de la serie E, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, el cual se encuentra suscrito de la siguiente forma: (a) BARBARA FRANCISCA LEON SALDIAS, suscribió la cantidad de 400 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, equivalentes a $400.000 pesos, las cuales son pagadas en el acto de constitución, al contado y en dinero efectivo a la caja social; (b) EYLEEN OBIDIC VALENZUELA suscribió la cantidad de 400 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, equivalentes a $400.000 pesos, las cuales son pagadas en el acto de constitución, al contado y en dinero efectivo a la caja social; (c) 100 acciones ordinarias nominativas, de igual valor y sin valor nominal, equivalentes a $100.000 pesos, quedan pendientes de suscripción y pago, las que en todo caso, deberán suscribirse y pagarse en un plazo que no exceda de tres años contados desde la fecha de la presente escritura; (d) 100 acciones de la serie E, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, equivalentes a $100.000 pesos, quedan pendientes de suscripción y pago, las que en todo caso, deberán suscribirse y pagarse en un plazo que no exceda de tres años contados desde la fecha de la presente escritura.- Administración: Desde esta fecha y hasta que su nombramiento sea revocado por la junta de accionistas, la Sociedad será administrada por EYLEEN OBIDIC VALENZUELA y BARBARA FRANCISCA LEÓN SALDÍAS, quienes podrán actuar separadamente para representar a la Sociedad.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 11 de junio de 2019.