CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD COMERCIAL CLEAN CAR R&J SpA

CVE 1605139
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de junio de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
7 de junio de 2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
- Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

Uno) fabricación y comercialización de jabones, detergentes y shampoo para autos; Dos) y)o cualquier otro negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, que acordare él o los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO HERNAN MESINA SCHULZ, Notario Titular 46 Notaría Santiago, con oficio en Vicuña Mackenna 814, Ñuñoa, ciudad de Santiago, certifica que por escritura pública de 07 de Junio de 2019, ante mí: doña KAREN ANDREA ROMERO BERMUDEZ, chilena, divorciada, ingeniero comercial, cedula nacional de identidad número catorce millones ciento veintinueve mil ciento treinta y seis guion K, con domicilio en Tegualda número mil ochocientos veintinueve, departamento trescientos seis Comuna de Ñuñoa y Ciudad de Santiago, Única accionista, constituye sociedad por acciones “SOCIEDAD COMERCIAL CLEAN CAR R&J SpA" nombre de fantasía “CLEAN CAR R&J SpA”.- Domicilio.- Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero, sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Objeto. Uno) fabricación y comercialización de jabones, detergentes y shampoo para autos; Dos) y/o cualquier otro negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, que acordare él o los accionistas.-Duración: Indefinida. Capital Social y Acciones.- $1.000.000. dividido en 1.000 acciones, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, que el accionista suscribe de la siguiente forma: KAREN ANDREA ROMERO BERMUDEZ, suscribe el 100%, equivalente a mil acciones, por un valor de $1.000.000.- pagadas en este acto. Demás estipulaciones constan escritura extractada.-Santiago, 07 de Junio de 2019.