Instrumento
- Fecha
- 28 de mayo de 2019
- Repertorio
- 3297-2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad es: /a) La compra, venta, adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, explotación e inversión en toda clase de bienes inmuebles, y la administración de dichos bienes y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; /b) La construcción de toda clase de edificaciones, establecimientos y, en general, la ejecución de toda clase de obras civiles, en todas sus etapas, por cuenta propia o ajena y la realización de todos los actos y contratos encaminados a la construcción de tales obras y a la explotación de las mismas, incluso bajo la forma de ventas, permutas y otros títulos traslaticios; c) La obtención de rentas de bienes raíces en virtud de su arrendamiento, subarrendamiento, usufructo y cualquiera otra forma de cesión del uso o goce temporal; d) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRaúl Undurraga Laso, Notario Titular de la Vigésimo Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Mac-Iver 225, oficina 302, certifico que por escritura pública de fecha 28 de Mayo de 2019, otorgada en esta misma notaría bajo el número de repertorio 3297-2019, ante mí, Santiago Benítez Gibbons, domiciliado en Isidora Goyenechea 2939, Piso 10, Las Condes, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre o Razón Social: "San Diego SpA". Objeto: El objeto de la sociedad es: /a/ La compra, venta, adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, explotación e inversión en toda clase de bienes inmuebles, y la administración de dichos bienes y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; /b/ La construcción de toda clase de edificaciones, establecimientos y, en general, la ejecución de toda clase de obras civiles, en todas sus etapas, por cuenta propia o ajena y la realización de todos los actos y contratos encaminados a la construcción de tales obras y a la explotación de las mismas, incluso bajo la forma de ventas, permutas y otros títulos traslaticios; c) La obtención de rentas de bienes raíces en virtud de su arrendamiento, subarrendamiento, usufructo y cualquiera otra forma de cesión del uso o goce temporal; d) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos. Capital: El capital de la sociedad asciende al monto de $100.000, dividido en 10 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito por Santiago Benítez Gibbons y que pagará dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago 3 de junio de 2019.