MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES E INMOBILIARIA JL LIMITADA

RUT 78578750-1 CVE 1605002
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de septiembre de 1994
Notaría
Gonzalo Martin Iglesias

Instrumento

Fecha
26 de septiembre de 1994
Notario
HARRY MAXIMILIANO WINTER AGUILERA
Domicilio
Osorno
Comuna
Gonzalo Martin Iglesias

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Inversiones e Inmobiliaria JL Limitada socio 78578750-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HARRY MAXIMILIANO WINTER AGUILERA, Abogado, Notario Público Titular Osorno, oficio E. Ramírez 910, certifica: Por escritura pública 06 de junio del 2019, ante mí, LEONOR VILLAVICENCIO VIDAL; JAIME VICTOR STAROCELSKY GUIRALDES, ambos domicilio Osorno, Guillermo Bühler 1655, depto. 302; y NADJA ALEJANDRA STAROCELSKY VILLAVICENCIO, domicilio Pintor Pablo Burchard 165, Valdivia, por sí y en nombre y representación de JAIME IGOR STAROCELSKY VILLAVICENCIO, domicilio Camino del Alba 10.959, Las Condes, Santiago, y de DEBORA PAULINA STAROCELSKY VILLAVICENCIO, domicilio Loreley 1736, Depto. 2008, La Reina, Santiago; modificaron compañía Inversiones e Inmobiliaria JL Limitada, RUT 78.578.750-1, constituida escritura pública de 26 de septiembre de 1994, Notaría Gonzalo Martin Iglesias, Osorno, extracto inscrito a fojas 349 Nº 229 Registro Comercio año 1994 Conservador Bienes Raíces Osorno, y publicado socios Jaime Víctor Starocelsky Guiraldes, con 50% participación; Leonor Villavicencio Vidal, con 49% participación; y Olga Guiraldes Massabo, con 1% participación social. Con fecha 25 de abril de 1996 falleció Olga Guiraldes Massabo, dejando como único heredero a Jaime Víctor Starocelsky Guiraldes, según consta posesión efectiva concedida por resolución de 6 de diciembre de 1996 del Décimo Juzgado Civil de Santiago, inscrita a fojas 83.544 Nº 79.415 en Registro Propiedad correspondiente al año 1996 Conservador Bienes Raíces Santiago. En consecuencia, son actualmente socios de la sociedad Jaime Víctor Starocelsky Guiraldes con un 51% de participación social; y Leonor Villavicencio Vidal, con un 49% de participación social. LEONOR VILLAVICENCIO VIDAL vende, cede y transfiere a JAIME IGOR STAROCELSKY VILLAVICENCIO, 40,816% sus derechos en sociedad, que representan el 20% capital social, en $20.000.000, que se pagan de contado. LEONOR VILLAVICENCIO VIDAL vende, cede y transfiere a DEBORA PAULINA STAROCELSKY VILLAVICENCIO, 20,408% sus derechos en sociedad, que representan el 10% capital social, en $10.000.000, que se pagan de contado. JAIME VICTOR STAROCELSKY GUIRALDES vende, cede y transfiere a NADJA ALEJANDRA STAROCELSKY VILLAVICENCIO, 39,216% sus derechos en sociedad, que representan el 20% capital social, en $20.000.000, que se pagan de contado. JAIME VICTOR STAROCELSKY GUIRALDES vende, cede y transfiere a DEBORA PAULINA STAROCELSKY VILLAVICENCIO, 19,608% sus derechos en sociedad, que representan el 10% capital social, en $10.000.000, que se pagan de contado. Quedan comprendidas en compraventas de derechos y acciones referidas y en su precio, todos los haberes, derechos e intereses de cualquiera índole, finalidad o denominación, como son de reserva legal, revalorización, etc., créditos, utilidades, dividendos, incluso aquellos que se encuentren acumulados o no en cualquier fondo, sin repartir; y, en general, todas las demás cantidades que por cualquier concepto o capítulo son inherentes a derechos vendidos y que corresponden o pudiesen corresponder a vendedores en la parte que enajenan. Como consecuencia cesiones de derechos convenidas quedan como socios JAIME VÍCTOR STAROCELSKY GUIRALDES, con 21% de participación; LEONOR VILLAVICENCIO VIDAL, con 19% de participación; y señores JAIME IGOR STAROCELSKY VILLAVICENCIO, NADJA ALEJANDRA STAROCELSKY VILLAVICENCIO y DEBORA PAULINA STAROCELSKY VILLAVICENCIO, cada uno con un 20% de participación social. Socios acuerdan sustituir cláusula novena pacto social, relativa a administración y uso razón social, las cuales corresponderán indistintamente a socios LEONOR VILLAVICENCIO VIDAL y JAIME VICTOR STAROCELSKY GUIRALDES, actuando conjunta o separadamente, con amplias facultades señaladas nuevo texto convenido. En caso fallecimiento, inhabilidad o incapacidad alguno administradores designados, administración y representación ser radicarán, en forma exclusiva, en administrador no afectado. En caso fallecimiento, inhabilidad o incapacidad que afectare a ambos administradores designados, administración y uso de razón social corresponderán en forma exclusiva, y sin limitaciones, a socios JAIME IGOR STAROCELSKY VILLAVICENCIO, NADJA ALEJANDRA STAROCELSKY VILLAVICENCIO y DEBORA PAULINA STAROCELSKY VILLAVICENCIO, actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos, con amplias facultades. En lo no modificado conserva íntegro valor pacto social constitutivo. Socios mantienen responsabilidad limitada a monto sus respectivos aportes. Demás cláusulas constan contrato extractado. Se facultó para inscribir y publicar. Osorno, 10 de junio de 2019.