MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES CONCÓN LIMITADA

RUT 76158197-K CVE 1605266
Fecha instrumento
28 de mayo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de mayo de 2019
Notario
Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MANUEL RAMIREZ ESCOBAR, Abogado, Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con Oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359, Comuna de Providencia, certifico: conforme a escritura pública de fecha 28 de mayo de 2019, otorgada ante mí, INVERSIONES PETRÓLEOS MARINOS DE CHILE I LIMITADA, por sí y en su calidad de continuadora legal de PMC TERMINAL DE COMBUSTIBLES II SPA; y PMC AGENCIA DE NAVES S.A., todos domiciliados para estos efectos, en Avenida El Bosque Central 130, piso 12, comuna de Las Condes, Santiago; en su calidad de únicos socios de INVERSIONES CONCÓN LIMITADA, en adelante e indistintamente la “Sociedad", inscrita fojas 35.464 número 26534 en el Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2011, modificaron la Sociedad en el siguiente sentido: Socios dejaron constancia de: i) La fusión por absorción de PMC Inversiones Limitada por PMC Terminal de Combustibles Limitada, pasando la segunda a ser socia en la Sociedad como continuadora legal de PMC Inversiones Limitada, un extracto de dicha escritura pública fue inscrita a fojas 80 número 72 del Registro de Comercio del Conservador de Bines Raíces de Quintero del año 2013; ii) La transformación de PMC Terminal de Combustibles Limitada en una sociedad por acciones denominada, denominada PMC Terminal de Combustibles SpA, un extracto de dicha escritura pública fue inscrita a fojas 95 número 82 del Registro de Comercio del Conservador de Bines Raíces de Quintero del año 2013; iii) La división de PMC Terminal de Combustibles SpA en dos sociedades, ella misma y otra sociedad que nace de su división y que se llama PMC Terminal de Combustibles II SpA. En dicha división, se le asignó a PMC Terminal de Combustibles II SpA, como parte de su activo, la participación social de la sociedad escindente en la Sociedad, un extracto de dicha escritura pública fue inscrito a fojas 124 vta número 93 del Registro de Comercio del Conservador de Bines Raíces de Quintero del año 2013. iv) Por último, la fusión de PMC Terminal de Combustibles II SpA en Inversiones Petróleos Marinos de Chile I Limitada quien adquirió en bloque todo el activo y pasivo de PMC Terminal de Combustibles II SpA, entre los que se encontraba la participación de PMC Terminal de Combustibles II SpA en la Sociedad, un extracto de dicha escritura pública fue inscrita a fojas 31 número 27 del Registro de Comercio del Conservador de Bines Raíces de Quintero del año 2018. 2. Socio PMC Agencia de Naves S.A. consiente, ratifica, autoriza y acepta los actos señalados, cuyos términos declara conocer y aceptar, con el objeto de permitir, autorizar y validar retroactivamente los cambios e ingresos de los nuevos socios, en cada caso, en la Sociedad. 3. En consideración a lo expuesto en escritura extractada, y a fin de reflejar los cambios de socios en la Sociedad, los únicos actuales socios de la Sociedad, acuerdan reemplazar la cláusula Quinta del pacto social por la siguiente: “QUINTO.- El capital social es la suma de cuatro millones de pesos que los socios han enterado y pagado íntegramente con anterioridad, al contado y en dinero en efectivo en las siguientes proporciones: /a/ INVERSIONES PETRÓLEOS MARINOS DE CHILE I LIMITADA, la cantidad de dos millones de pesos equivalente al cincuenta por ciento del capital social; y /b/ PMC AGENCIA DE NAVES S.A., la cantidad de dos millones de pesos equivalente al cincuenta por ciento del capital social. La sociedad declara haber recibido a su entera satisfacción los referidos aportes”. 4. Los socios continúan limitando su responsabilidad personal por los negocios sociales al monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto.- Santiago, 28 de mayo de 2019.- Manuel Ramírez Escobar. Notario Suplente.