INFORMACIÓN Y TECNOLOGÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de junio de 2019
Sociedad
- N. fantasía
- corresponderá al socio VICTOR HUGO MONTECINO CORNEJO, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad Constitución
- Duración
- cinco años desde fecha escritura extractada, prorrogables tácita, sucesiva y automáticamente períodos iguales y sucesivos, salvo si cualquiera socios manifiesta voluntad ponerle término por escritura pública inscrita margen inscripción este extracto en Registro Comercio, seis meses antes expiración plazo vigencia que estuviere corriendo
- Ley aplicable
- Ley N° 2
Objeto social
A) la compra, venta, importación, exportación, distribución, arrendamiento y comercialización de toda clase de bienes, sistemas y equipos para la información y comunicación, de computación, sus repuestos y accesorios, sea por cuenta propia o ajena; la prestación de servicios de programación, operación y mantención de equipos de computación y)o mecánicos o electrónicos; proporcionar asistencia técnica y de programas; dar cursos de capacitación en dichas materias, como asimismo en lo que respecta al empleo de los equipos y programas antes mencionados; prestar servicios de asesoramiento en materia de manejo de información que se precise para el mejor desenvolvimiento de empresas. Además, la prestación de toda clase de servicios de asesoramiento computacional contable y administrativo, en especial, en el diseño e implementación de sistemas de información y procesamiento de información por medios manuales, mecánicos y)o electrónicos; el asesoramiento en la selección y adquisición de elementos nacionales y extranjeros, que requiera la ejecución de los fines anteriores; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. B) el estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistema de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; la construcción por cuenta propia o ajena de viviendas económicas, de aquellas definidas y reglamentadas por las normas del Decreto con Fuerza de Ley N° 2 de 1959 y la ejecución de los actos y la celebración de contratos que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto; y a la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniaría y construcción, y cualquier otro negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea consecuencia de los mismos u otros que los socios acuerden. C) la compra, venta, al mayor y al detalle, importación, exportación, distribución, comercialización, fabricación, incluyendo la instalación, reparación, mantención de materiales eléctricos, electrónicos; la prestación de servicios, asesoramiento y elaboración de proyectos de orden eléctrico y)o electrónico y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea consecuencia de los mismos u otros que los socios acuerden. D) la actividad relacionada con las comunicaciones, sean efectuadas por radio, por líneas telefónicas, satélites, microondas o en cualquier otra forma. Asimismo, la importación, exportación, compraventa, arrendamiento e instalación de radioemisores, equipos, antenas, repuestos y accesorios; reparación de los mismos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea consecuencia de los mismos u otros que los socios acuerden. Administración, representación, uso razón social y
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAlvaro Mera Correa Notario Público Titular para las Comunas de Constitución y Empedrado, con oficio en calle O`Higgins 499-A de Constitución, certifico: por escritura pública de fecha de hoy ante mí, don VICTOR HUGO MONTECINO CORNEJO, domiciliado en Sector El Dóllimo S/N°, Parcela N° 52, Comuna de Constitución y doña MARIA CAROLINA ESPINOZA MARABOLI, comerciante, soltera, chileno, cédula nacional de identidad Nº 16.255.618-5, domiciliada en Villa Copihue, calle El Belloto N° 1245, Departamento 202 de Constitución, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada a monto aportes. Domicilio: Ciudad Constitución sin perjuicio de las agencias o sucursales en el país o extranjero. Razón social: " INFORMACIÓN Y TECNOLOGÍA LIMITADA", pudiendo usar nombre de fantasía “INFYTEC LTDA.", que la obligará misma manera que razón social. Objeto: A) la compra, venta, importación, exportación, distribución, arrendamiento y comercialización de toda clase de bienes, sistemas y equipos para la información y comunicación, de computación, sus repuestos y accesorios, sea por cuenta propia o ajena; la prestación de servicios de programación, operación y mantención de equipos de computación y/o mecánicos o electrónicos; proporcionar asistencia técnica y de programas; dar cursos de capacitación en dichas materias, como asimismo en lo que respecta al empleo de los equipos y programas antes mencionados; prestar servicios de asesoramiento en materia de manejo de información que se precise para el mejor desenvolvimiento de empresas. Además, la prestación de toda clase de servicios de asesoramiento computacional contable y administrativo, en especial, en el diseño e implementación de sistemas de información y procesamiento de información por medios manuales, mecánicos y/o electrónicos; el asesoramiento en la selección y adquisición de elementos nacionales y extranjeros, que requiera la ejecución de los fines anteriores; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. B) el estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistema de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; la construcción por cuenta propia o ajena de viviendas económicas, de aquellas definidas y reglamentadas por las normas del Decreto con Fuerza de Ley N° 2 de 1959 y la ejecución de los actos y la celebración de contratos que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto; y a la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniaría y construcción, y cualquier otro negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea consecuencia de los mismos u otros que los socios acuerden. C) la compra, venta, al mayor y al detalle, importación, exportación, distribución, comercialización, fabricación, incluyendo la instalación, reparación, mantención de materiales eléctricos, electrónicos; la prestación de servicios, asesoramiento y elaboración de proyectos de orden eléctrico y/o electrónico y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea consecuencia de los mismos u otros que los socios acuerden. D) la actividad relacionada con las comunicaciones, sean efectuadas por radio, por líneas telefónicas, satélites, microondas o en cualquier otra forma. Asimismo, la importación, exportación, compraventa, arrendamiento e instalación de radioemisores, equipos, antenas, repuestos y accesorios; reparación de los mismos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea consecuencia de los mismos u otros que los socios acuerden. Administración, representación, uso razón social y nombre de fantasía: corresponderá al socio VICTOR HUGO MONTECINO CORNEJO, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades. Capital: $2.000.000.- VICTOR HUGO MONTECINO CORNEJO, aporta un 50%, y la socia MARIA CAROLINA ESPINOZA MARABOLI, aporta un 50%. Ya ingresados a caja social, Duración: cinco años desde fecha escritura extractada, prorrogables tácita, sucesiva y automáticamente períodos iguales y sucesivos, salvo si cualquiera socios manifiesta voluntad ponerle término por escritura pública inscrita margen inscripción este extracto en Registro Comercio, seis meses antes expiración plazo vigencia que estuviere corriendo. Demás estipulaciones en ella. En Constitución, 11 de junio de 2019.-