Consultora Bravo Varas Limitada
Instrumento
- Fecha
- 24 de mayo de 2019
- Notario
- ERNESTO MONTOYA PEREDO
- Oficio
- Tercera Notaría Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- Rancagua
- Duración
- Indefinida
Objeto social
la gestión de proyectos inmobiliarios, estudio de títulos, corretaje de propiedades; facción y redacción de contratos relacionados con el área inmobiliaria y en general con todo tipo de negocios civiles y comerciales; la asesoría, gestión e implementación de sistemas judiciales de cobranza; la elaboración de tesis jurídicas y representación de personas naturales y jurídicas ante cualquier tribunal de la República, para defender cualquier interés civil, comercial, administrativo, tributario, laboral o penal que se requiera, sin excepción alguna, ya fuese como demandantes, demandados, solicitantes, querellantes o querellados; la prestación de servicios de abogados y la implementación de sistemas y prestación de servicios de venta de toda clase de bienes y servicios
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalERNESTO MONTOYA PEREDO, Abogado, Notario Público Titular, Tercera Notaría Rancagua, Campos 377, certifico: Por escritura de fecha 24/05/2019, ante CARLOS MORENO SANDOVAL, suplente del suscrito, JOSÉ ANDRÉS BRAVO SOTO, chileno, abogado, casado y separado totalmente de bienes, C.I.N°9.689.767-7 y CAROLINA ANDREA VARAS ESCOBAR, chilena, técnico agrícola, casada y separada totalmente de bienes, C.I.N°11.672.750-1, ambos domiciliados Araucaria N°1001, Los Encinos de Santa Rosa, Machalí, constituyen sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón Social: CONSULTORA BRAVO VARAS LIMITADA pudiendo usar también para todos los efectos legales, administrativos y tributarios el nombre de fantasía C.B.V. LTDA. Objeto: la gestión de proyectos inmobiliarios, estudio de títulos, corretaje de propiedades; facción y redacción de contratos relacionados con el área inmobiliaria y en general con todo tipo de negocios civiles y comerciales; la asesoría, gestión e implementación de sistemas judiciales de cobranza; la elaboración de tesis jurídicas y representación de personas naturales y jurídicas ante cualquier tribunal de la República, para defender cualquier interés civil, comercial, administrativo, tributario, laboral o penal que se requiera, sin excepción alguna, ya fuese como demandantes, demandados, solicitantes, querellantes o querellados; la prestación de servicios de abogados y la implementación de sistemas y prestación de servicios de venta de toda clase de bienes y servicios. Capital: $3.000.000.- (tres millones de pesos) aportado siguiente forma: A) JOSÉ ANDRÉS BRAVO SOTO, un millón quinientos mil pesos ($1.500.000.-) pagados este acto en dinero en efectivo que ingresa a la caja social. B) doña CAROLINA ANDREA VARAS ESCOBAR un millón quinientos mil pesos ($1.500.000.-) pagados este acto en dinero en efectivo que ingresa a la caja social. Responsabilidad cada socio queda limitada monto respectivos aportes. Domicilio. Rancagua, sin perjuicio sucursales o agencias otros puntos del país o el extranjero. Administración y uso razón social, corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios con facultades enunciadas en escritura extractada. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones en contrato extractado. Rancagua, 29 de mayo de 2019.