CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Consultora Bravo Varas Limitada

RUT 9689767-7 CVE 1605192
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de mayo de 2019
Notaría
Rancagua
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
24 de mayo de 2019
Notario
ERNESTO MONTOYA PEREDO
Oficio
Tercera Notaría Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
Rancagua
Duración
Indefinida

Objeto social

la gestión de proyectos inmobiliarios, estudio de títulos, corretaje de propiedades; facción y redacción de contratos relacionados con el área inmobiliaria y en general con todo tipo de negocios civiles y comerciales; la asesoría, gestión e implementación de sistemas judiciales de cobranza; la elaboración de tesis jurídicas y representación de personas naturales y jurídicas ante cualquier tribunal de la República, para defender cualquier interés civil, comercial, administrativo, tributario, laboral o penal que se requiera, sin excepción alguna, ya fuese como demandantes, demandados, solicitantes, querellantes o querellados; la prestación de servicios de abogados y la implementación de sistemas y prestación de servicios de venta de toda clase de bienes y servicios

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ERNESTO MONTOYA PEREDO, Abogado, Notario Público Titular, Tercera Notaría Rancagua, Campos 377, certifico: Por escritura de fecha 24/05/2019, ante CARLOS MORENO SANDOVAL, suplente del suscrito, JOSÉ ANDRÉS BRAVO SOTO, chileno, abogado, casado y separado totalmente de bienes, C.I.N°9.689.767-7 y CAROLINA ANDREA VARAS ESCOBAR, chilena, técnico agrícola, casada y separada totalmente de bienes, C.I.N°11.672.750-1, ambos domiciliados Araucaria N°1001, Los Encinos de Santa Rosa, Machalí, constituyen sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón Social: CONSULTORA BRAVO VARAS LIMITADA pudiendo usar también para todos los efectos legales, administrativos y tributarios el nombre de fantasía C.B.V. LTDA. Objeto: la gestión de proyectos inmobiliarios, estudio de títulos, corretaje de propiedades; facción y redacción de contratos relacionados con el área inmobiliaria y en general con todo tipo de negocios civiles y comerciales; la asesoría, gestión e implementación de sistemas judiciales de cobranza; la elaboración de tesis jurídicas y representación de personas naturales y jurídicas ante cualquier tribunal de la República, para defender cualquier interés civil, comercial, administrativo, tributario, laboral o penal que se requiera, sin excepción alguna, ya fuese como demandantes, demandados, solicitantes, querellantes o querellados; la prestación de servicios de abogados y la implementación de sistemas y prestación de servicios de venta de toda clase de bienes y servicios. Capital: $3.000.000.- (tres millones de pesos) aportado siguiente forma: A) JOSÉ ANDRÉS BRAVO SOTO, un millón quinientos mil pesos ($1.500.000.-) pagados este acto en dinero en efectivo que ingresa a la caja social. B) doña CAROLINA ANDREA VARAS ESCOBAR un millón quinientos mil pesos ($1.500.000.-) pagados este acto en dinero en efectivo que ingresa a la caja social. Responsabilidad cada socio queda limitada monto respectivos aportes. Domicilio. Rancagua, sin perjuicio sucursales o agencias otros puntos del país o el extranjero. Administración y uso razón social, corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios con facultades enunciadas en escritura extractada. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones en contrato extractado. Rancagua, 29 de mayo de 2019.