SOCIEDAD AGRÍCOLA ARAVENA Y GÓMEZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de junio de 2019
- Notario
- LIDIA MARIA CHAHUAN ISSA
- Domicilio
- ciudad de La Calera
- Comuna
- Limache de don Nelson Lister Nazif y seis
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLIDIA MARIA CHAHUAN ISSA, Abogado, Notario Público de la ciudad de La Calera, Diego Lillo 331, certifica que por escritura pública de fecha 03 de Junio de 2019, ante mí, GUILLERMINA DEL CARMEN ARAVENA NAVARRO, SEBASTIÁN ANDRES GOMEZ ARAVENA, CAROLINA PATRICIA GÓMEZ ARAVENA y FRANCISCO JAVIER GÓMEZ ARAVENA, exponen: PRIMERO: por escritura pública de fecha seis de Marzo del año dos mil siete de repertorio seiscientos guión dos mil siete otorgada ante este mismo oficio constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada bajo la razón social SOCIEDAD AGRÍCOLA ARAVENA Y GÓMEZ LIMITADA, de manera completa y sin vicio alguno. SEGUNDO. Que en otorgamiento de la citada escritura de compraventa de derechos en Agosto de dos mil dieciséis se incurrió en dos vicios formales consistentes. TERCERO: Que por el presente instrumento los comparecientes de común acuerdo vienen en rectificar los vicios de nulidad de carácter formal que afectan a la Sociedad. CUARTO: Los comparecientes proceden al saneamiento de la SOCIEDAD AGRÍCOLA ARAVENA Y GÓMEZ LIMITADA y para tal efecto, todos los comparecientes, vienen a manifestar su más completo acuerdo con cláusulas de la escritura de compraventa de derechos sobre la Sociedad según otorgada ante el Notario de la ciudad de La Calera doña Lidia Chahuan Issa y asimismo expresan su aquiescencia también escritura rectificatoria de la compraventa de derechos societarios , de fecha uno de Octubre de dos mil dieciséis celebrada en la Notaría de Limache de don Nelson Lister Nazif y seis, otorgando reconocimiento expreso de su voluntad de aceptar y validar los mencionados actos jurídicos societales y señalando que todas sus cláusulas son válidas, consintiendo expresamente con todas ellas y que son a su vez exigibles a la sociedad y a sus socios. Asimismo, declaran los manifestantes que consienten con la compraventa de los derechos del socio Sebastián Andrés Gómez Aravena por parte de la socia Guillermina del Carmen Aravena Navarro, y manifiestan en este acto su absoluta conformidad con que en virtud de la venta de la totalidad de los derechos sociales de Sebastián Andrés Gómez Aravena a Guillermina del Carmen Aravena Navarro, se produzca y efectué una reforma de estatutos correspondiente al efecto que e acto social de la compraventa de derechos produce, y manifiestan su total conformidad con que la socia Guillermina del Carmen Aravena Navarro pase a ser dueña de los derechos que en la participación en la sociedad que el socio Sebastián Andrés Gómez Aravena le vendió.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Capital para efectos de publicación $30.000.000.- La Calera, a 10 de Junio de 2019.-