SERVICIOS MÉDICOS GUARACHI GABLER SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de junio de 2019
- Repertorio
- 1925-19
- Notario
- Gonzalo Hurtado Morales
- Domicilio
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales en las diversas especialidades de la medicina, además de la realización de cualquiera otra actividad derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar, Organismos del Sector Publico, Municipal o Privados, Clínicas, Hospitales, Consultas propias o ajenas; b) Los servicios de docencia en general, ya sea para la enseñanza de materias relacionadas a las actividades propias de la sociedad u otras materias, y la asesoría técnica en el área de la salud; c) Las actividades rentistas de capitales mobiliarios en general, y cualquier otro negocio que acordaren los socios en el futuro
Administración
La administración, representación y uso de la razón social le corresponderá en forma indistinta a los accionistas Juan Pablo Guarachi Bunster y)o a María Carolina Gabler Pérez-Cotapos, los Administradores, quienes, actuando en forma conjunta o separada, y anteponiendo su firma a la razón social, podrán obligar válidamente a la sociedad en todos los actos y contratos que ejecuten o celebren. Amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGonzalo Hurtado Morales, Notario Público de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 4.943, Las Condes, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de fecha 5 junio 2019, Repertorio Nº 1925-19, otorgada ante mí: don JUAN PABLO GUARACHI BUNSTER, C.I. 15.644.657-2, y MARÍA CAROLINA GABLER PÉREZ-COTAPOS, C.I. 16.355.460-7, ambos n Martín de Zamora N° 5.829, departamento 81, Las Condes, constituyeron sociedad por acciones. RAZÓN SOCIAL: “SERVICIOS MÉDICOS GUARACHI GABLER SpA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o en el extranjero, y de los domicilios especiales que se pudieren establecer para la celebración de determinados actos y contratos. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales en las diversas especialidades de la medicina, además de la realización de cualquiera otra actividad derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar, Organismos del Sector Publico, Municipal o Privados, Clínicas, Hospitales, Consultas propias o ajenas; b) Los servicios de docencia en general, ya sea para la enseñanza de materias relacionadas a las actividades propias de la sociedad u otras materias, y la asesoría técnica en el área de la salud; c) Las actividades rentistas de capitales mobiliarios en general, y cualquier otro negocio que acordaren los socios en el futuro. DURACIÓN: indefinida. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: La administración, representación y uso de la razón social le corresponderá en forma indistinta a los accionistas Juan Pablo Guarachi Bunster y/o a María Carolina Gabler Pérez-Cotapos, los Administradores, quienes, actuando en forma conjunta o separada, y anteponiendo su firma a la razón social, podrán obligar válidamente a la sociedad en todos los actos y contratos que ejecuten o celebren. Amplias facultades. CAPITAL: $1.000.000, dividido en 100 acciones, nominativas, de igual valor, de una misma clase y sin valor nominal, el que ha quedado totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo a la fecha de la escritura, siendo ingresado en caja social, en razón de: (Uno) don JUAN PABLO GUARACHI BUNSTER suscribe 50 acciones, representativas de un 50% del capital social, por la suma de $500.000.-, y (Dos) doña MARÍA CAROLINA GABLER PÉREZ-COTAPOS suscribe 50 acciones, representativas de un 50% del capital social, por la suma de $500.000. Demás estipulaciones escritura extractada.