COMPONENTE FACTORING SpA
Instrumento
- Fecha
- 4 de junio de 2019
- Repertorio
- 8430
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: desarrollar directa o por medio de tercero, por cuenta propia o ajena, individual o conjunto con terceros, dentro del territorio nacional o extranjero, las siguientes actividades: A) Efectuar operaciones de factoring, entre las que se comprenderán la adquisición a cualquier empresa o persona natural de cuentas por cobrar, documentadas con facturas, letras de cambio, pagarés u otros documentos, con o sin responsabilidad para el cedente, adelantando o no el valor de dichos documentos, otorgar financiamiento con garantía constituida sobre los referidos documentos y también la simple administración de las cuentas por cobrar; B) La prestación de toda clase de servicios, asesorías, consultorías y asistencias profesionales en materias de orden económico y financiero. C) Inversión en todo tipo de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, depósitos y todo tipo instrumentos de inversión y percibir sus frutos, pudiendo para tales efectos comprar, vender, arrendar, comercializar, explotar y administrar por cuenta propia o ajena, en cualquier forma, dichos bienes, pudiendo además adquirir derechos y participaciones en todo tipo de negocios o sociedades, sean civiles o comerciales cualquier sea su tipo jurídico u
Administración
La sociedad será administrada por un Representante legal, al cual se le podrá llamar Gerente General, la duración del Representante legal será indefinida, se nombra en los estatutos a representante legal a don RODRIGO ANDRÉS HEREDIA JEREZ, quien anteponiendo la razón social a su firma tendrá todas las facultades indicadas en los estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Notario Público, Titular de la 21 Notaría Santiago, Huérfanos 578, certifico: Por escritura pública 4 de Junio de 2019, Repertorio Nº8.430, ante mí, señor RODRIGO ANDRÉS HEREDIA JEREZ, CNº10.821.261-6 en representación de la sociedad “COMPONENTE DIGITAL SpA” RUT 76.380.877-7, ambos domiciliados en Máximo Humbser N° 577, ciudad de Santiago, Región metropolitana, constituyó la Sociedad por Acciones. Nombre: El nombre de la sociedad es “COMPONENTE FACTORING SpA”. Administración: La sociedad será administrada por un Representante legal, al cual se le podrá llamar Gerente General, la duración del Representante legal será indefinida, se nombra en los estatutos a representante legal a don RODRIGO ANDRÉS HEREDIA JEREZ, quien anteponiendo la razón social a su firma tendrá todas las facultades indicadas en los estatutos. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en el país o el extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: desarrollar directa o por medio de tercero, por cuenta propia o ajena, individual o conjunto con terceros, dentro del territorio nacional o extranjero, las siguientes actividades: A) Efectuar operaciones de factoring, entre las que se comprenderán la adquisición a cualquier empresa o persona natural de cuentas por cobrar, documentadas con facturas, letras de cambio, pagarés u otros documentos, con o sin responsabilidad para el cedente, adelantando o no el valor de dichos documentos, otorgar financiamiento con garantía constituida sobre los referidos documentos y también la simple administración de las cuentas por cobrar; B) La prestación de toda clase de servicios, asesorías, consultorías y asistencias profesionales en materias de orden económico y financiero. C) Inversión en todo tipo de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, depósitos y todo tipo instrumentos de inversión y percibir sus frutos, pudiendo para tales efectos comprar, vender, arrendar, comercializar, explotar y administrar por cuenta propia o ajena, en cualquier forma, dichos bienes, pudiendo además adquirir derechos y participaciones en todo tipo de negocios o sociedades, sean civiles o comerciales cualquier sea su tipo jurídico u objeto. D) En general realizar cualquier acto, negocio o actividad que tienda directa o indirectamente al cumplimiento de los objetos sociales que se han definido precedentemente y que los accionistas acuerden. Capital: $1.000.000 de pesos.- Divididos en 1.000 acciones sin valor nominal, todas de una misma serie, suscrito y pagado según artículo transitorio. Duración: indefinida, a contar de fecha escritura de constitución. Demás estipulaciones en escritura extractada.