INVERSIONES EL MAGNOLIO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de mayo de 2019
- Repertorio
- 18543-2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $200.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- ley 19.857
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) Invertir y participar en el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios y de urbanismo, la prestación de servicios técnicos y profesionales en la evaluación de proyectos inmobiliarios, y la asesoría, consultoría, asistencia económica, técnica, financiera, y estudios de mercado, en materias relativas a la planificación, gestión, administración, desarrollo y evaluación de inversiones y representaciones, en el desarrollo de proyectos y negocios que se relacionen directa o indirectamente con las actividades antes señaladas, o que se puedan complementar en cualquiera de sus formas; como también la administración, explotación, y conservación de obras en concesión u otro sistema. b) La adquisición, compra, venta, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento, cesión del derecho de uso y goce temporal, corretaje, intermediación, y toda otra forma de explotación de toda clase de bienes inmuebles, urbanos y agrícolas, con o sin instalaciones; así como también la generación de loteos, fusiones, subdivisiones, construcciones y urbanizaciones de bienes inmuebles ya sea por cuenta propia o ajena. c) Realizar inversiones de capital en el ámbito inmobiliario, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes inmuebles y raíces, transformarlos, ampliarlos, restaurarlos, y)o refaccionarlos, sea por cuenta propia o ajena; construir en ellos, lotearlos, subdividirlos, fusionarlos, urbanizarlos; administrarlos, darlos en arrendamientos; venderlos, enajenarlos, o cualquier otra forma de explotación y aprovechamiento de los mismos y percibir sus frutos. d) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, sean bonos, acciones, y toda clase de valores mobiliarios, administrarlos, transarlos, reinvertirlos y percibir sus frutos. e) Para cumplir con el objeto social, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que sean necesarios o útiles para dichos efectos, o que tiendan a sus consecución o que se relacionen con los fines sociales; pudiendo para dichos efectos constituir o participar en otras sociedades o asociaciones, incluso con sus socios, y para dichos fines podrá contratar personal, empresas y servicios relacionados con el rubro
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRENE BENAVENTE CASH, Abogado, Notario Titular 45 Notaria de Santiago, Paseo Huérfanos 979, 7º piso, certifico: Por escritura de fecha 08 de mayo de 2019, Repertorio N°18.543-2019, ante mí, don MARIO HERNÁN RUBIO VEGA, C.I. N°8.781.454-8, domiciliado en calle Ingeniero Pedro Blanquier N°6200, departamento 502, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y doña MÓNICA LORETTO BELMAR BADILLO, C.I. N°10.866.941-1, domiciliada en calle La Cosecha N°1040, Las Brisas de Chicureo, comuna de Colina, Región Metropolitana; modificaron sociedad "INVERSIONES EL MAGNOLIO LIMITADA", constituida por escritura pública de fecha 04/04/1995, otorgada ante el Notario de Santiago don Mario Opazo Baros, extracto inscrito a Fs. 10.120 N°8.188, Registro de Comercio de Santiago, año 1995, se publicó en el Diario Oficial N°35.169, de fecha 17/05/1995. Modificada por escritura pública de fecha 19/02/2001, otorgada ante el Notario de Santiago don Jorge Castillo Ortúzar, Suplente de don Mario Farren Cornejo, extracto inscrito a Fs. 7.731 N°6.269, Registro de Comercio de Santiago, año 2001, se publicó en el Diario Oficial de fecha 28/03/2001. Objeto de la escritura: Uno) Cesión de derechos. Doña MÓNICA LORETTO BELMAR BADILLO, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la sociedad, esto es, el cincuenta por ciento del capital social, a don MARIO HERNÁN RUBIO VEGA, quien los compra, acepta y adquiere. Precio cesión $200.000.-, pagados en el acto, dinero efectivo. Producto de la cesión, queda como actual y único socio don MARIO HERNÁN RUBIO VEGA con un 100% de los derechos sociales. Dos) Modificación sociedad. Actual y único socio continuador, declara que en virtud de lo preceptuado en el artículo 14 de la ley 19.857, procede a modificar los estatutos sociales, transformando la sociedad para todos los efectos legales en una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, conforme se señala: Don MARIO HERNÁN RUBIO VEGA, chileno, divorciado, 55 años de edad, ingeniero comercial, C.I. N° N°8.781.454-8, domiciliado en calle Ingeniero Pedro Blanquier N°6200, departamento 502, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, transforma sociedad en una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Nombre o Razón social: "MARIO RUBIO INVERSIONES EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA", nombre de fantasía "INVERSIONES EL MAGNOLIO E.I.R.L.". Domicilio: Ciudad de Santiago. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Invertir y participar en el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios y de urbanismo, la prestación de servicios técnicos y profesionales en la evaluación de proyectos inmobiliarios, y la asesoría, consultoría, asistencia económica, técnica, financiera, y estudios de mercado, en materias relativas a la planificación, gestión, administración, desarrollo y evaluación de inversiones y representaciones, en el desarrollo de proyectos y negocios que se relacionen directa o indirectamente con las actividades antes señaladas, o que se puedan complementar en cualquiera de sus formas; como también la administración, explotación, y conservación de obras en concesión u otro sistema. b) La adquisición, compra, venta, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento, cesión del derecho de uso y goce temporal, corretaje, intermediación, y toda otra forma de explotación de toda clase de bienes inmuebles, urbanos y agrícolas, con o sin instalaciones; así como también la generación de loteos, fusiones, subdivisiones, construcciones y urbanizaciones de bienes inmuebles ya sea por cuenta propia o ajena. c) Realizar inversiones de capital en el ámbito inmobiliario, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes inmuebles y raíces, transformarlos, ampliarlos, restaurarlos, y/o refaccionarlos, sea por cuenta propia o ajena; construir en ellos, lotearlos, subdividirlos, fusionarlos, urbanizarlos; administrarlos, darlos en arrendamientos; venderlos, enajenarlos, o cualquier otra forma de explotación y aprovechamiento de los mismos y percibir sus frutos. d) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, sean bonos, acciones, y toda clase de valores mobiliarios, administrarlos, transarlos, reinvertirlos y percibir sus frutos. e) Para cumplir con el objeto social, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que sean necesarios o útiles para dichos efectos, o que tiendan a sus consecución o que se relacionen con los fines sociales; pudiendo para dichos efectos constituir o participar en otras sociedades o asociaciones, incluso con sus socios, y para dichos fines podrá contratar personal, empresas y servicios relacionados con el rubro.- Capital: Se modifica capital mediante su aumento, de $200.000.- a $3.000.000.- que se paga y entera en el acto, en su totalidad, de la forma indicada en los estatutos sociales. Uso razón social: Representación y administración sociedad corresponderá a don Mario Hernán Rubio Vega. Duración: indefinida. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 06 de junio de 2019. R. Benavente C. N.P.