CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD MEDICA QUEVEDO & ESPINOSA SpA

RUT 25668320-2 CVE 1603300
Capital
$1.500.000 CLP
Fecha instrumento
30 de mayo de 2019
Notaría
Talca
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
30 de mayo de 2019
Notario
JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS
Oficio
4ta Notaría de Talca
Comuna
Talca

Sociedad

Capital
$1.500.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de TALCA, pudiendo establecer oficinas, agencias, o sucursales en cualquier punto del territorio nacional o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será a) La prestación de servicios médicos, quirúrgicos, de enfermería en el campo de la medicina y de la salud en general, en sus distintas especialidades, a través de consultas y asesorías, ya sea en clínicas, como en el domicilio particular del paciente, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Provisional, Servicios de Bienestar de organismos de sector público o privado, la realización de exámenes, informes, pericias, controles y tratamientos de salud, y todas las demás prestaciones que las socias constituyentes acuerden en relación con la actividad profesional médica y de salud. b) La adquisición de instrumental y equipos médicos y de asesoría técnica o profesional, directa o indirectamente relacionada con el objeto principal antes enunciado. c) La inversión en bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena; la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena. d) La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina. e) La atención médica de pacientes particulares, fiscales o semifiscales, en clínicas, hospitales, consultas propias o ajenas. f) El estudio, instalación y funcionamiento de clínicas médicas por cuenta propia o ajena y de otros establecimientos asistenciales. g) Dar cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios y otros de divulgación y especialización científica, realizar publicaciones, investigaciones, intercambios y experiencias de todo lo expresado. h) La realización e informes de exámenes médicos i) postulación y realización de becas o cursos de especialización, pasantías, o cualquiera otra actividad relacionada, ya sea con fondos propios o concursables ; j) La realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada en la actualidad o en el futuro con la medicina, en forma directa o mediante convenios sea a particulares o a beneficiarios del fondo nacional de salud o institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del sector público, municipal o privado; y, en general, cualquier otro negocio que los socios constituyentes acuerden. Administración y uso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS, Abogado, Notario Público Titular de la 4ta Notaría de Talca, con oficio en calle 2 Oriente N°1140, Talca, Certifico: Que por escritura pública de fecha 30 de Mayo de 2019, ante mí, don CARLOS ALBERTO QUEVEDO BONETTI Venezolano, soltero, cirujano general, cedula de identidad para extranjeros número 25.668.320-2 y doña MARIANA ESPINOSA ALVAREZ venezolana, soltera, oftalmóloga cédula de identidad para extranjeros número 25.744.633-6, ambos con domicilio en calle 40 y media Oriente B número 3561 Talca, constituyeron ante mí, sociedad por acciones bajo Razón Social: “SOCIEDAD MEDICA QUEVEDO & ESPINOSA SpA” que para todos los efectos legales, bancarios y de publicidad podrá ocupar mismo nombre.- Objeto: El objeto de la sociedad será a) La prestación de servicios médicos, quirúrgicos, de enfermería en el campo de la medicina y de la salud en general, en sus distintas especialidades, a través de consultas y asesorías, ya sea en clínicas, como en el domicilio particular del paciente, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Provisional, Servicios de Bienestar de organismos de sector público o privado, la realización de exámenes, informes, pericias, controles y tratamientos de salud, y todas las demás prestaciones que las socias constituyentes acuerden en relación con la actividad profesional médica y de salud. b) La adquisición de instrumental y equipos médicos y de asesoría técnica o profesional, directa o indirectamente relacionada con el objeto principal antes enunciado. c) La inversión en bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena; la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena. d) La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina. e) La atención médica de pacientes particulares, fiscales o semifiscales, en clínicas, hospitales, consultas propias o ajenas. f) El estudio, instalación y funcionamiento de clínicas médicas por cuenta propia o ajena y de otros establecimientos asistenciales. g) Dar cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios y otros de divulgación y especialización científica, realizar publicaciones, investigaciones, intercambios y experiencias de todo lo expresado. h) La realización e informes de exámenes médicos i) postulación y realización de becas o cursos de especialización, pasantías, o cualquiera otra actividad relacionada, ya sea con fondos propios o concursables ; j) La realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada en la actualidad o en el futuro con la medicina, en forma directa o mediante convenios sea a particulares o a beneficiarios del fondo nacional de salud o institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del sector público, municipal o privado; y, en general, cualquier otro negocio que los socios constituyentes acuerden. Administración y uso razón social: corresponderá a CARLOS ALBERTO QUEVEDO BONETTI cedula identidad 25.668.320-2, y a doña MARIANA ESPINOSA ALVAREZ cedula de identidad 25.744.633-6 quienes actuando conjunta o separadamente podrán de manera indistinta, utilizar la razón social bastando para obligar a la sociedad o representarla anteponer sus firmas pudiendo delegar todo o parte de estas facultades mediante escritura pública, y anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social.-Facultades expresadas en el artículo primero transitorio de la escritura que extracto.- Capital: El Capital de la sociedad será de 3.000.000, a que se refiere el artículo quinto de la estructura extractada del estatuto social dividido en 30 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y de igual valor, se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: CARLOS ALBERTO QUEVEDO BONETTI suscribe 15 acciones por las que pagará la suma de $1.500.000, que entera y paga en este acto de contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social. Doña MARIANA ESPINOSA ALVAREZ suscribe 15 acciones por las que pagará la suma de $1.500.000, que entera y paga en este acto de contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social. El capital social queda íntegramente suscrito y pagado. Duración: La sociedad comenzara a regir con esta fecha y tendrá una duración indefinida. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de TALCA, pudiendo establecer oficinas, agencias, o sucursales en cualquier punto del territorio nacional o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura que extracto. Talca, 07 de Junio de 2019.