MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

SOCIEDAD DE INVERSIONES SANTA ESTHER S.A.

RUT 76058526-2 CVE 1603545
Capital
$2.722.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de mayo de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
22 de mayo de 2019
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.722.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio social es la ciudad de Santiago
Duración
Será de 15 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno. V

Objeto social

i) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo de fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, urbanos o rurales; ii) El arrendamiento, subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, urbanización y administración de inmuebles propios o de terceros, amoblados o sin amoblar; y en general, adquirir, dar y ceder a cualquier título, el uso goce de bienes muebles e inmuebles; iii) La ejecución de obras civiles, construcciones, edificaciones, remodelaciones y la realización de obras de ingeniería y diseño en general; iv) La fabricación, diseño, compra, venta, comercialización, distribución, importación y exportación por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes muebles y accesorios, en especial prendas de vestir, calzados, juegos, juguetes, artículos de oficinas, librerías, artículos de cuero e imitaciones del mismo; v) La representación en Chile o en el extranjero de marcas o franquicias de terceros como el otorgamiento de representaciones y franquicias a terceros en Chile o en el extranjero; vi) La explotación de marcas comerciales en el más amplio sentido y en todo el espectro de posibilidades que en derecho corresponda, y la explotación de marcas y propiedad industrial en general; y, vii) En general, la realización de actividades complementarias o anexas a las anteriores. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo concurrir a la constitución y)o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones. La sociedad podrá realizar todas las actuaciones necesarias para lograr los objetivos ya señalados. III

Administración

Corresponderá única y exclusivamente a don PEDRO SEBASTIÁN KRUSELL GONZÁLEZ, quien contará con amplias facultades de administración, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción sesenta y cinco, segundo piso, Providencia, certifico: que por escritura pública otorgada con fecha 22 de mayo de 2019, ante mí, don Pedro Sebastián Krusell González; doña Mónica Hiriart Cáraves; y, la sociedad Inversiones Cerro Pintor Limitada, todos domiciliados en Avenida Apoquindo N° 2827, Oficina 2001, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, redujeron Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “SOCIEDAD DE INVERSIONES SANTA ESTHER S.A.”, rol único tributario N° 76.058.526-2, sociedad inscrita a fojas 23.634 N° 16.071 del Registro de Comercio de Santiago año 2009, celebrada con fecha 6 de mayo de 2019, en su calidad de únicos accionistas y en presencia del Notario, donde se acordó la transformación de “SOCIEDAD DE INVERSIONES SANTA ESTHER S.A.” en sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos quedan del siguiente tenor: I. Nombre o Razón Social: “SOCIEDAD DE INVERSIONES SANTA ESTHER LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras u otras autoridades el nombre de “SANTA ESTHER LIMITADA” o en forma indistinta como “SANTA ESTHER”. II. Objeto: i) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo de fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, urbanos o rurales; ii) El arrendamiento, subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, urbanización y administración de inmuebles propios o de terceros, amoblados o sin amoblar; y en general, adquirir, dar y ceder a cualquier título, el uso goce de bienes muebles e inmuebles; iii) La ejecución de obras civiles, construcciones, edificaciones, remodelaciones y la realización de obras de ingeniería y diseño en general; iv) La fabricación, diseño, compra, venta, comercialización, distribución, importación y exportación por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes muebles y accesorios, en especial prendas de vestir, calzados, juegos, juguetes, artículos de oficinas, librerías, artículos de cuero e imitaciones del mismo; v) La representación en Chile o en el extranjero de marcas o franquicias de terceros como el otorgamiento de representaciones y franquicias a terceros en Chile o en el extranjero; vi) La explotación de marcas comerciales en el más amplio sentido y en todo el espectro de posibilidades que en derecho corresponda, y la explotación de marcas y propiedad industrial en general; y, vii) En general, la realización de actividades complementarias o anexas a las anteriores. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones. La sociedad podrá realizar todas las actuaciones necesarias para lograr los objetivos ya señalados. III. Domicilio: El domicilio social es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. IV. Duración: Será de 15 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno. V. Capital: $2.722.000.000, el cual se encuentra totalmente pagado por sus socios con anterioridad a este acto en las siguientes cantidades y proporciones: i) don PEDRO SEBASTIÁN KRUSELL GONZÁLEZ, con la suma de $837.628.795, equivalentes, al valor aproximado de 30,772% de los derechos sociales; ii) la sociedad “INVERSIONES CERRO PINTOR LIMITADA”, con la suma de $1.050.086.237, equivalentes al valor aproximado de 38,577% de los derechos sociales; y, iii) doña MÓNICA HIRIART CÁRAVES, con la suma de $834.284.968, equivalentes al valor aproximado de 30,649% de los derechos sociales. VI. Administración: Corresponderá única y exclusivamente a don PEDRO SEBASTIÁN KRUSELL GONZÁLEZ, quien contará con amplias facultades de administración, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de mayo de 2019.