SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de agosto de 2015
- Repertorio
- 1196-2019
- Notario
- CARLOS ROLDAN MENA
- Domicilio
- con oficio en calle Independencia número 625
Sociedad
- Capital
- $500.000.000 CLP
Objeto social
- ARTICULO PRIMERO: El nombre o razón social de la sociedad será “SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO SpA.”. Sin embargo, la sociedad podrá actuar ante terceros, inclusive con los bancos e instituciones financieras, con el nombre de fantasía “R AL CUADRADO SpA.”.- La duración de la sociedad será indefinida.- El domicilio de la sociedad será la comuna de Valdivia, Provincia de Valdivia, Región de Los Ríos, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros puntos de la República o del extranjero.- El objeto de la sociedad será la adquisición, enajenación, venta, arrendamiento, leasing, administración, construcción, loteo, subdivisión, explotación y urbanización de toda clase de bienes raíces por cuenta propia o ajena incluyendo en ello la planificación, estudio y ejecución de desarrollos urbanísticos inmobiliarios, urbanos y)o rurales; la inversión y prestación de servicios en toda clase de bienes raíces, muebles, corporales e incorporales, derechos en sociedades de cualquier clase, acciones, bonos y toda clase de títulos o valores negociables en general, sea a través de bolsa de comercio, mercado informal o en forma directa, la compra y venta, importación, exportación, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de mercaderías, bienes o productos; la representación de firmas extranjeras dedicadas al desarrollo de dichas actividades, como todo otro negocio relacionado al giro social que los socios acuerden, pudiendo para el cumplimiento del objeto ejecutar y celebrar toda clase de actos o contratos.- CAPITAL Y ACCIONES: El capital de la sociedad es la suma de $500.000.000.- dividido en quinientas mil acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma que se señalará en el artículo primero transitorio de este estatuto.- LA ADMINISTRACION, REPRESENTACIÓN Y
Administración
La administración, representación y uso de la razón social le corresponderá a don RUBÉN GERARDO RAMIS OLIVARES, a don RUBÉN ALEJANDRO RAMIS GUTIÉRREZ, a don JUAN EDUARDO CARRASCO ZUBER, a don BILLY MAX HUNTER MENA y a don FRANCISCO ALBERTO GUERRA BELLONE, de modo que firmen siempre las dos primeras personas señaladas anteriormente con cualquiera de las tres últimas, las cuales anteponiendo la razón social a sus firmas, obligarán y representarán a la sociedad con las más amplias facultades en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social. BALANCE Y UTILIDADES. Al treinta y uno de diciembre de cada año se practicará un balance general de las operaciones de la sociedad. La administración determinará anualmente la forma de distribuir las utilidades. Cuando corresponda repartir utilidades, ellas se distribuirán entre los accionistas a prorrata de las acciones suscritas. LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN: La sociedad se disolverá por la ocurrencia de cualquier de las causales establecidas en la ley. Una vez disuelta la sociedad subsistirá como persona jurídica para efectos de su liquidación, en cuyo caso deberá agregar a su nombre o razón social las palabras "en liquidación". Durante la liquidación se aplicarán estos Estatutos en todo aquello que fuere compatible con el estado de liquidación. Disposiciones transitorias: El capital de la sociedad de quinientos millones de pesos, dividido en quinientas mil acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, se aporta y aportará de la siguiente manera: a) Con la suma de diez millones de pesos, equivalente a diez mil acciones, correspondiente al capital de la sociedad transformada y que ha sido íntegramente pagado. Las acciones representativas de este capital social corresponderán a los socios de la sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO LIMITADA”, en la misma proporción que tenía en el capital de esa sociedad transformada. En atención a ello, cada uno de los accionistas RUBÉN GERARDO RAMIS OLIVARES y RUBÉN ALEJANDRO RAMIS GUTIÉRREZ, suscriben y pagan en este acto cinco mil acciones cada uno, sin perjuicio de lo que se señalará en la letra b) de este artículo transitorio. b) Con la suma de cuatrocientos noventa millones de pesos, equivalente a cuatrocientos noventa mil acciones, que se suscribe y pagará por los accionistas que concurren al otorgamiento de esta escritura de la manera siguiente: a) Don RUBÉN GERARDO RAMIS OLIVARES, suscribe ciento setenta mil acciones, cuyo valor asciende a ciento setenta millones de pesos, los que se pagarán dentro del plazo de sesenta días contados desde la presente escritura; b) Don RUBÉN ALEJANDRO RAMIS GUTIÉRREZ suscribe ciento setenta mil acciones, cuyo valor asciende a ciento setenta millones de pesos, los que se pagarán dentro del plazo de sesenta días contados desde la presente escritura.- c) Don JUAN EDUARDO CARRASCO ZUBER suscribe cincuenta mil acciones, cuyo valor asciende a cincuenta millones de pesos, los que se pagarán dentro del plazo de sesenta días contados desde la presente escritura.- d) Don BILLY MAX HUNTER MENA suscribe cincuenta mil acciones, cuyo valor asciende a cincuenta millones de pesos, los que se pagarán dentro del plazo de sesenta días contados desde la fecha de la presente escritura. e) Don FRANCISCO ALBERTO GUERRA BELLONE suscribe cincuenta mil acciones, cuyo valor asciende a cincuenta millones de pesos, los que se pagarán dentro del plazo de sesenta días contados desde la fecha de la presente escritura. Teniendo en consideración que la transformación es el cambio de especie o tipo social de una sociedad, efectuado por reforma de sus estatutos, subsistiendo su personalidad jurídica, la sociedad por acciones en que se transforma la sociedad de responsabilidad limitada denominada SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO LIMITADA conserva la misma personalidad jurídica y, por lo tanto, es titular de todo su activo y responsable total de su pasivo, en razón de lo cual, se acuerda dejar constancia de las siguientes consecuencias: Uno) SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO SpA. proseguirá con todas las operaciones y negocios de SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO LIMITADA, respondiendo de todo el pasivo de esta sociedad, debiendo pagar todas las deudas y obligaciones pendientes, en la forma que fueron pactadas, especialmente los contratos suscritos con instituciones financieras o bancarias y con cualquier otra persona natural o jurídica.- Dos) Los créditos por cobrar, documentos mercantiles, dinero efectivo, útiles, instalaciones, enseres, bienes muebles e inmuebles, vehículos, depósitos bancarios y demás bienes del activo de SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO LIMITADA, quedan automáticamente y de pleno derecho a nombre de vehículos, depósitos bancarios y demás bienes del activo de SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO SpA..- Tres) SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO SpA. continuará con todos los contratos de arrendamientos, juicios o negociaciones pendientes y con todos los derechos que le corresponden a SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO LIMITADA. Así, SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO SpA. ejercerá todos los derechos, aún los intangibles y los derivados del ejercicio del giro durante el periodo que la sociedad de responsabilidad limitada lo ha hecho, pues conforme a la ley y a la intención de las partes la transformación provoca que la sociedad por acciones sea continuadora de la personalidad jurídica de la sociedad de responsabilidad limitada, por lo que debe estimársele así para todos los efectos legales y, en especial, respecto de derechos, solicitudes o inscripciones pendientes de ejercerse, evacuarse o inscribirse, ante cualquier órgano de la Administración del Estado, sean ministerios, intendencias, gobernaciones y cualesquiera servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa; órganos y servicios públicos, centralizados o descentralizados; municipalidades, empresas públicas creadas por ley o en la que el estado tenga participación, en particular Congreso Nacional, Contraloría General de la República, Banco Central de Chile, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República, Superintendencias; Corporación de Fomento de la Producción, Instituto de Desarrollo Agropecuario, Servicio Agrícola y Ganadero, Corporación Nacional Forestal, Dirección General de Aguas, y, en general, ante cualquier organismo público o empresa privada, nacional o extranjera
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS ROLDAN MENA, abogado, NOTARIO PUBLICO INTERINO, con oficio en calle Independencia número 625, Ciudad de Valdivia, CERTIFICA: Por escritura pública otorgada en esta Notaria, con fecha 15 de mayo del 2019, Repertorio Nº1196-2019, don RUBÉN GERARDO RAMIS OLIVARES cédula de identidad N°5.819.057-8, don RUBÉN ALEJANDRO RAMIS GUTIÉRREZ, cédula de identidad N°16.563.178-1; doña VALENTINA ISABEL RAMOS VAN DE MAELE cédula de identidad N°16.563.911-1, don JUAN EDUARDO CARRASCO ZUBER cédula de identidad N°13.734.821-7, don BILLY MAX HUNTER MENA, cédula de identidad N°16.534.556-8 y don FRANCISCO ALBERTO GUERRA BELLONE, cédula de identidad N°7.234.709-9. Don RUBÉN GERARDO RAMIS OLIVARES, don RUBÉN ALEJANDRO RAMIS GUTIÉRREZ y doña VALENTINA ISABEL RAMOS VAN DE MAELE modifican la sociedad “SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO LIMITADA”, cuyos nombres de fantasía son “R AL CUADRADO LTDA.” y “R& Co.” Rut N°76.472.606-5, suscrita con fecha 30 de julio de 2015, otorgada ante la Notario Público de Valdivia doña Carmen Podlech Michaud. El extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Valdivia del año 2015 a fojas 366 vuelta número 256, y fue publicado en el agosto del año 2015. La Modificación Consiste: doña VALENTINA ISABEL RAMOS VAN DE MAELE, ya individualizada, vende, cede y transfiere el 5 por ciento de los derechos sociales de la sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO LIMITADA”, a don RUBÉN ALEJANDRO RAMIS GUTIÉRREZ, quien compra, adquiere y acepta para sí. El precio de esta cesión asciende a la suma de $500.000.-, pagados en este acto al contado, declarando el cedente recibir dicha suma a su más entera satisfacción y conformidad. En consecuencia, son desde este momento, socios de la sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO LIMITADA”, cuyos nombres de fantasía son “R AL CUADRADO LTDA.” y “R& Co.”, don RUBÉN GERARDO RAMIS OLIVARES, titular de un cincuenta por ciento de los derechos o cuotas sociales; y don RUBÉN ALEJANDRO RAMIS GUTIÉRREZ, titular de un cincuenta por ciento de los derechos o cuotas sociales. Por el presente instrumento, todos los socios de común acuerdo, esto es, don RUBÉN GERARDO RAMIS OLIVARES y don RUBÉN ALEJANDRO RAMIS GUTIÉRREZ, vienen en transformar la sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO LIMITADA”, cuyos nombres de fantasía son “R AL CUADRADO LTDA.” y “R& Co.”, en una sociedad por acciones que se regirá por las normas establecidas en los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, y por los siguientes Estatutos que a continuación se indican: NOMBRE, DOMICILIO, DURACION Y OBJETO. - ARTICULO PRIMERO: El nombre o razón social de la sociedad será “SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO SpA.”. Sin embargo, la sociedad podrá actuar ante terceros, inclusive con los bancos e instituciones financieras, con el nombre de fantasía “R AL CUADRADO SpA.”.- La duración de la sociedad será indefinida.- El domicilio de la sociedad será la comuna de Valdivia, Provincia de Valdivia, Región de Los Ríos, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros puntos de la República o del extranjero.- El objeto de la sociedad será la adquisición, enajenación, venta, arrendamiento, leasing, administración, construcción, loteo, subdivisión, explotación y urbanización de toda clase de bienes raíces por cuenta propia o ajena incluyendo en ello la planificación, estudio y ejecución de desarrollos urbanísticos inmobiliarios, urbanos y/o rurales; la inversión y prestación de servicios en toda clase de bienes raíces, muebles, corporales e incorporales, derechos en sociedades de cualquier clase, acciones, bonos y toda clase de títulos o valores negociables en general, sea a través de bolsa de comercio, mercado informal o en forma directa, la compra y venta, importación, exportación, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de mercaderías, bienes o productos; la representación de firmas extranjeras dedicadas al desarrollo de dichas actividades, como todo otro negocio relacionado al giro social que los socios acuerden, pudiendo para el cumplimiento del objeto ejecutar y celebrar toda clase de actos o contratos.- CAPITAL Y ACCIONES: El capital de la sociedad es la suma de $500.000.000.- dividido en quinientas mil acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma que se señalará en el artículo primero transitorio de este estatuto.- LA ADMINISTRACION, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración, representación y uso de la razón social le corresponderá a don RUBÉN GERARDO RAMIS OLIVARES, a don RUBÉN ALEJANDRO RAMIS GUTIÉRREZ, a don JUAN EDUARDO CARRASCO ZUBER, a don BILLY MAX HUNTER MENA y a don FRANCISCO ALBERTO GUERRA BELLONE, de modo que firmen siempre las dos primeras personas señaladas anteriormente con cualquiera de las tres últimas, las cuales anteponiendo la razón social a sus firmas, obligarán y representarán a la sociedad con las más amplias facultades en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social. BALANCE Y UTILIDADES. Al treinta y uno de diciembre de cada año se practicará un balance general de las operaciones de la sociedad. La administración determinará anualmente la forma de distribuir las utilidades. Cuando corresponda repartir utilidades, ellas se distribuirán entre los accionistas a prorrata de las acciones suscritas. LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN: La sociedad se disolverá por la ocurrencia de cualquier de las causales establecidas en la ley. Una vez disuelta la sociedad subsistirá como persona jurídica para efectos de su liquidación, en cuyo caso deberá agregar a su nombre o razón social las palabras "en liquidación". Durante la liquidación se aplicarán estos Estatutos en todo aquello que fuere compatible con el estado de liquidación. Disposiciones transitorias: El capital de la sociedad de quinientos millones de pesos, dividido en quinientas mil acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, se aporta y aportará de la siguiente manera: a) Con la suma de diez millones de pesos, equivalente a diez mil acciones, correspondiente al capital de la sociedad transformada y que ha sido íntegramente pagado. Las acciones representativas de este capital social corresponderán a los socios de la sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO LIMITADA”, en la misma proporción que tenía en el capital de esa sociedad transformada. En atención a ello, cada uno de los accionistas RUBÉN GERARDO RAMIS OLIVARES y RUBÉN ALEJANDRO RAMIS GUTIÉRREZ, suscriben y pagan en este acto cinco mil acciones cada uno, sin perjuicio de lo que se señalará en la letra b) de este artículo transitorio. b) Con la suma de cuatrocientos noventa millones de pesos, equivalente a cuatrocientos noventa mil acciones, que se suscribe y pagará por los accionistas que concurren al otorgamiento de esta escritura de la manera siguiente: a) Don RUBÉN GERARDO RAMIS OLIVARES, suscribe ciento setenta mil acciones, cuyo valor asciende a ciento setenta millones de pesos, los que se pagarán dentro del plazo de sesenta días contados desde la presente escritura; b) Don RUBÉN ALEJANDRO RAMIS GUTIÉRREZ suscribe ciento setenta mil acciones, cuyo valor asciende a ciento setenta millones de pesos, los que se pagarán dentro del plazo de sesenta días contados desde la presente escritura.- c) Don JUAN EDUARDO CARRASCO ZUBER suscribe cincuenta mil acciones, cuyo valor asciende a cincuenta millones de pesos, los que se pagarán dentro del plazo de sesenta días contados desde la presente escritura.- d) Don BILLY MAX HUNTER MENA suscribe cincuenta mil acciones, cuyo valor asciende a cincuenta millones de pesos, los que se pagarán dentro del plazo de sesenta días contados desde la fecha de la presente escritura. e) Don FRANCISCO ALBERTO GUERRA BELLONE suscribe cincuenta mil acciones, cuyo valor asciende a cincuenta millones de pesos, los que se pagarán dentro del plazo de sesenta días contados desde la fecha de la presente escritura. Teniendo en consideración que la transformación es el cambio de especie o tipo social de una sociedad, efectuado por reforma de sus estatutos, subsistiendo su personalidad jurídica, la sociedad por acciones en que se transforma la sociedad de responsabilidad limitada denominada SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO LIMITADA conserva la misma personalidad jurídica y, por lo tanto, es titular de todo su activo y responsable total de su pasivo, en razón de lo cual, se acuerda dejar constancia de las siguientes consecuencias: Uno) SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO SpA. proseguirá con todas las operaciones y negocios de SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO LIMITADA, respondiendo de todo el pasivo de esta sociedad, debiendo pagar todas las deudas y obligaciones pendientes, en la forma que fueron pactadas, especialmente los contratos suscritos con instituciones financieras o bancarias y con cualquier otra persona natural o jurídica.- Dos) Los créditos por cobrar, documentos mercantiles, dinero efectivo, útiles, instalaciones, enseres, bienes muebles e inmuebles, vehículos, depósitos bancarios y demás bienes del activo de SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO LIMITADA, quedan automáticamente y de pleno derecho a nombre de vehículos, depósitos bancarios y demás bienes del activo de SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO SpA..- Tres) SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO SpA. continuará con todos los contratos de arrendamientos, juicios o negociaciones pendientes y con todos los derechos que le corresponden a SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO LIMITADA. Así, SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS R AL CUADRADO SpA. ejercerá todos los derechos, aún los intangibles y los derivados del ejercicio del giro durante el periodo que la sociedad de responsabilidad limitada lo ha hecho, pues conforme a la ley y a la intención de las partes la transformación provoca que la sociedad por acciones sea continuadora de la personalidad jurídica de la sociedad de responsabilidad limitada, por lo que debe estimársele así para todos los efectos legales y, en especial, respecto de derechos, solicitudes o inscripciones pendientes de ejercerse, evacuarse o inscribirse, ante cualquier órgano de la Administración del Estado, sean ministerios, intendencias, gobernaciones y cualesquiera servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa; órganos y servicios públicos, centralizados o descentralizados; municipalidades, empresas públicas creadas por ley o en la que el estado tenga participación, en particular Congreso Nacional, Contraloría General de la República, Banco Central de Chile, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República, Superintendencias; Corporación de Fomento de la Producción, Instituto de Desarrollo Agropecuario, Servicio Agrícola y Ganadero, Corporación Nacional Forestal, Dirección General de Aguas, y, en general, ante cualquier organismo público o empresa privada, nacional o extranjera.- Demás estipulaciones pacto social extractado.- Valdivia, 05 de junio del 2019.