INVERSIONES APICAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de mayo de 2019
- Notario
- Humberto Quezada Moreno
- Oficio
- 26ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHumberto Quezada Moreno, Notario Público Titular, 26ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, segundo piso, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 16 de mayo de 2019, ante mí: doña JOSEFINA MARIA CONCHA BERTHET, chilena, casada y separada totalmente de bienes, dentista, cédula nacional de identidad número trece millones seiscientos ochenta y siete mil ochocientos ochenta y seis guión siete; don JUAN PABLO FEDERICO CASAS REHREN, chileno, casado y separado totalmente de bienes, Ingeniero Agrónomo, cédula nacional de identidad número trece millones ciento noventa y un mil sesenta y cuatro guión nueve, ambos domiciliados en la ciudad de Santiago, calle Alto Palena, número mil doscientos cincuenta y dos, de la comuna de Vitacura; y don JOSE SERGIO VILLARROEL MIRANDA, chileno, casado, Contador, cédula nacional de identidad número nueve millones cuatrocientos cuarenta y siete mil ciento ochenta y nueve guión tres, domiciliado en la ciudad de Santiago, calle Vicuña Mackenna Oriente número seis mil seiscientos cuarenta, departamento ochenta y seis – A, comuna de La Florida, en representación, según se acreditará, de don MARIANO ANDRÉS SALAS GAMBOA, chileno, soltero, Consultor, cédula nacional de identidad número trece millones noventa y seis mil once guión uno, domiciliado en Lo Argentina sin número, Larmahue, de la comuna de Pichidegua, y de paso en ésta, únicos socios de INVERSIONES CORNIZA LIMITADA, modificaron la cláusula Quinta de los estatutos sociales, relativa al capital social y el aporte de los socios. “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de quinientos mil pesos, que los socios aportan y enteran en la siguiente forma: a) doña JOSEFINA MARIA CONCHA BERTHET aporta la suma de veinticinco mil pesos, de contado y en dinero efectivo, y en este acto ingresados a la caja social, equivalentes a una participación de un uno por ciento de los derechos sociales; b) don JUAN PABLO CASAS REHREN aporta la suma de cuatrocientos setenta y cinco mil pesos, de contado y en dinero efectivo, y en este acto ingresados a la caja social, equivalentes a una participación de un noventa y nueve por ciento de los derechos sociales.” Asimismo, los actuales y únicos socios antes singularizados modificaron la cláusula Primera del estatuto social, en lo relativo a la razón social, reemplazándola por la siguiente: “Artículo Primero: El nombre o razón social de la sociedad será “INVERSIONES APICAL LIMITADA”, pudiendo usar también como nombre de fantasía “APICAL LIMITADA”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 23 de Mayo de 2019. HQM. Not. Púb.