TRANSPORTES DON BRUNO SpA
Instrumento
- Notario
- RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
- Oficio
- 40 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.500 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público 40 Notaría de Santiago, suplente del titular Alberto Mozó Aguilar, con oficio ubicado en Teatinos 332, certifico: Por escritura pública de fecha de hoy, ante mí, CLAUDIA ANTONELLA FORNO AHUMADA, ingeniera comercial, C.I.Nº 8.082.936-1, y PATRICIO DAZZAROLA MANRÍQUEZ, factor de comercio, C.I.Nº 8.620.283-2, ambos domiciliados en Avenida Colorado número novecientos cuarenta y uno, comuna de Quilicura; modificaron sociedad "DON BRUNO SpA". inscrito a fojas 85.062 Nº 45.796 en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016, cuyo capital es de $2.500.000 totalmente suscrito y pagado, en el siguiente sentido: 1) Se modifica Artículo Primero del pacto social para señalar que el nombre de la sociedad será TRANSPORTES DON BRUNO SpA, pudiendo funcionar con el nombre de fantasía Don Bruno SpA. 2) Se modifica el Artículo Tercero del pacto social para dejar constancia que el objeto de la sociedad será: a) La realización, por cuenta propia o ajena, del servicio de transporte nacional e internacional, de pasajeros, bienes, mercadería y carga en general, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; b) La representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; todo lo relacionado, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de pasajeros y bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; El transporte de mercaderías y fletes de cualquier clase, terrestre. c) Adquirir, enajenar, comercializar, comprar, vender, permutar, aportar, arrendar, celebrar contratos de leasing, dar y tomar en consignación y distribuir toda clase de vehículos motorizados, maquinarias y equipos, de sus accesorios y repuestos; y d) cualquier otro negocio, relacionado o no, que acordaren los socios. En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentes las restantes estipulaciones del estatuto social.- Santiago, 13 de Mayo de 2019.-