Instrumento
- Fecha
- 16 de mayo de 2019
- Notario
- MARIA ISABEL ZAGAL CISTERNAS
- Oficio
- Primera Notaría de Colina
- Comuna
- Colina
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha y durará 30 años, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 30 años cada uno
Objeto social
Uno) La inversión por cuenta propia o ajena, en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, materiales o inmateriales, entre otros: bienes raíces, incluyendo todo tipo de inversiones y negocios inmobiliarios; acciones, bonos, debentures y, en general, cualquier clase de valores mobiliarios; derechos en sociedades de personas, de cualquier tipo que éstas sean; patentes, marcas comerciales y otros bienes de igual naturaleza; y en general, la inversión en cualquier otro tipo de bienes; y Dos) Los demás negocios que los socios acordaren en relación al
Administración
corresponderá al socio Alejandro Anibal Osorio Valdivia, con amplias facultades establecidas en pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA ISABEL ZAGAL CISTERNAS, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Colina, con oficio en calle Chacabuco 166, Primer Piso, Comuna Colina, CERTIFICA: Por escritura pública fecha 16 de mayo de 2019, otorgada ante mí, don Alejandro Aníbal Osorio Valdivia, y Paola María Molina Hernández, ambos con domicilio en Avenida Jardín Alto N° 9005 del Condominio Uno de la Quinta Etapa del Proyecto Inmobiliario “Casa Parque La Florida”, comuna de La Florida, de paso en la comuna de Colina, constituyeron Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada. La sociedad tiene por objeto: Uno) La inversión por cuenta propia o ajena, en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, materiales o inmateriales, entre otros: bienes raíces, incluyendo todo tipo de inversiones y negocios inmobiliarios; acciones, bonos, debentures y, en general, cualquier clase de valores mobiliarios; derechos en sociedades de personas, de cualquier tipo que éstas sean; patentes, marcas comerciales y otros bienes de igual naturaleza; y en general, la inversión en cualquier otro tipo de bienes; y Dos) Los demás negocios que los socios acordaren en relación al objeto social. La sociedad podrá realizar cualquier otra actividad directa o indirectamente ligada las anteriores que los socios acuerden, sin necesidad de modificar los estatutos. Razón Social: “SANTA MARINA LIMITADA”, pudiendo usar para fines publicitarios, tributarios, comerciales y legales la expresión abreviada “MARINA LTDA”. Domicilio social: ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias u oficinas que se establezcan en otros lugares, dentro o fuera de Chile. Administración y el uso de la razón social: corresponderá al socio Alejandro Anibal Osorio Valdivia, con amplias facultades establecidas en pacto social. CAPITAL. El capital social es la suma $5.000.000.- que los socios aportan en la siguiente proporción: A) don ALEJANDRO ANIBAL OSORIO VALDIVIA aporta $2.500.000.- que paga enteramente en este acto de constitución y, B) doña PAOLA MARÍA MOLINA HERNÁNDEZ aporta $2.500.000.- que paga enteramente en este acto de constitución. RESPONSABILIDAD. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes de capital. Duración: La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha y durará 30 años, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 30 años cada uno. Demás estipulaciones, escritura que extracto. Colina, 06 de junio de 2019.