INVERSIONES INMOBILIARIAS GAJARDO & LUNA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de mayo de 2019
- Repertorio
- 508/2019
- Notario
- EVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA
- Domicilio
- San Miguel con asiento en La Cisterna
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio social es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto social es arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo.- Para el cumplimiento de este objetivo, la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a ambos socios, a don Eduardo Raúl del Carmen Gajardo Betancour y a don Ignacio Moisés Luna Nesvara. En caso de fallecimiento de uno de los socios, la administración corresponderá al socio sobreviviente.- Los administradores contarán con las más amplias facultades en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA, Notario Público Titular de San Miguel con asiento en La Cisterna, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera número ocho mil ochocientos setenta y siete, comuna de La Cisterna, certifica: Por escritura pública del día 30 de mayo de 2019, repertorio N° 508/2019, ante mí, don EDUARDO RAÚL DEL CARMEN GAJARDO BETANCOUR, Cédula de Identidad número catorce millones cincuenta y un mil doscientos siete guion nueve, chileno, casado, Constructor Civil, domiciliado en Camino Interior Veintisiete, La Aparición Sur parcela Cuarenta y siete, en la comuna de Paine, y don IGNACIO MOISÉS LUNA NESVARA, Cédula de Identidad número dieciséis millones noventa y tres mil setecientos cincuenta y cinco guion seis, chileno, soltero, Diseñador Gráfico, domiciliado en Carmen Mena número ochocientos setenta y siete, Departamento Cincuenta y uno D, en la comuna de San Miguel, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, regida por las normas de la Ley número tres mil novecientos dieciocho y que se regirá, por las disposiciones de su estatuto, y en lo no previsto en él, por las de la ley antes citada, y las de los Códigos Civil y de Comercio. Razón Social: “INVERSIONES INMOBILIARIAS GAJARDO & LUNA LIMITADA”, la que también podrá usar el nombre de fantasía “Inmobiliaria Astral Limitada”. Domicilio: El domicilio social es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país y/o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida, contados desde la fecha de la presente escritura de constitución Objeto: El objeto social es arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo.- Para el cumplimiento de este objetivo, la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Capital: $20.000.000.- el que los socios aportan de la siguiente forma: a.- don Eduardo Raúl del Carmen Gajardo Betancour aporta la suma de $10.000.000.-, que entera en este acto, al contado y en dinero efectivo; b.- don Ignacio Moisés Luna Nesvara aporta la suma de $10.000.000.- que entera en este acto, al contado y en dinero efectivo.- Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia de sus respectivos aportes. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a ambos socios, a don Eduardo Raúl del Carmen Gajardo Betancour y a don Ignacio Moisés Luna Nesvara. En caso de fallecimiento de uno de los socios, la administración corresponderá al socio sobreviviente.- Los administradores contarán con las más amplias facultades en escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. La Cisterna 06 de junio de 2019. Evelyn Carolina Sánchez Tapia, Notario Público Titular.