INMOBILIARIA CEL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de junio de 2019
- Notario
- Manuel Alejandro Acevedo Bustos
- Domicilio
- las comunas de Linares
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Domicilio
- Linares
- Duración
- 5 años a partir de esta fecha, renovables forma estipulada
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
El objeto social será la inversión en bienes raíces y muebles corporales e incorporales, la compra, venta, arrendamiento y explotación de los mismos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas y ejecutar cualquier actividad que se relacione directa o indirectamente con el giro social.- ADMINISTRACIÓN Y USO
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalManuel Alejandro Acevedo Bustos, Abogado, Notario Público Interino, de las comunas de Linares, Colbún, Yerbas Buenas y Longaví, con oficio en calle Independencia número 566, Linares, certifica: Que, por escritura pública, suscrita con fecha 4 de Junio del año 2019, ante mí, RODRIGO ALEXIS MOLINA JARA, sitio cincuenta y dos, San Luís, Colbún, MARIA ESTELA JARA FUENTES, Padre Leodegario número cuarenta y tres, Futrono, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, regida Ley 3.918 y modificaciones, disposiciones pertinentes Código Civil y de Comercio.- RAZÓN SOCIAL: “INMOBILIARIA CEL LIMITADA”, pudiendo actuar, incluso ante Bancos e instituciones financieras, como “CEL LTDA”. DOMICILIO: Linares, sin perjuicio de las agencias o sucursales en otros puntos o ciudades del país.- OBJETO: El objeto social será la inversión en bienes raíces y muebles corporales e incorporales, la compra, venta, arrendamiento y explotación de los mismos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas y ejecutar cualquier actividad que se relacione directa o indirectamente con el giro social.- ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a RODRIGO ALEXIS MOLINA JARA, quien anteponiendo su firma a la razón social, la representará ampliamente.- CAPITAL: $20.000.000., de los cuales el socio RODRIGO ALEXIS MOLINA JARA, aporta la suma de $19.800.000., pagaderos con la suma de $5.000.000., en este acto, ya ingresados a la caja social, y el saldo en un plazo de 2 años a partir de la fecha de la suscripción de este instrumento; y la socia MARIA ESTELA JARA FUENTES, aporta la suma de $200.000., pagaderos en este acto ya ingresados a la caja social.- DISTRIBUCIÓN UTILIDADES Y PERDIDAS: A prorrata de sus aportes.- RESPONSABILIDAD: Limitada monto aportes.- DURACIÓN: 5 años a partir de esta fecha, renovables forma estipulada..- Demás estipulaciones escritura extractada.- Linares, 6 de Junio de 2019.